Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061507)
Resolución de 29 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación Educativa para la realización de prácticas académicas externas entre el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) y la Universidad de Castilla-La Mancha.
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NÚMERO 86
Lunes 6 de mayo de 2024



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e) D
 esarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas
con el CICYTEX conforme a las líneas establecidas en el mismo.



f) Elaborar la memoria y encuesta final de las prácticas, según modelo, que deberá
entregar al tutor académico en los plazos máximos fijados.



g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna del CICYTEX y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.



h) M
 ostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política del CICYTEX,
salvaguardando el buen nombre de la UCLM a la que pertenece.



i) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente y/o en los correspondientes
convenios de cooperación educativa suscrito por la UCLM y el CICYTEX.
Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán los
siguientes derechos:



a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un
tutor académico de la UCLM y un tutor en el CICYTEX.



b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la UCLM.



c) A la obtención de un informe por parte del CICYTEX donde se indique que ha realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y,
en su caso, su rendimiento.



d) A permanecer dado de alta en el Régimen de Seguridad Social durante el periodo
en el que el estudiante se encuentre realizando las prácticas académicas externas,
cuando la norma laboral así lo establezca.



e) A
 la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la legislación
reguladora de la materia.



f) A recibir, por parte del CICYTEX, información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.



g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación,
previa comunicación con antelación suficiente al CICYTEX.



h) A
 disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las
prácticas en igualdad de condiciones.