Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061491)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de construcción de 7 cabañas de uso turístico, cuya promotora es Los Confites Granja Ecológica, SL, en el término municipal de Jarandilla de la Vera (Cáceres). Expte.: IA23/1395.
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Lunes 6 de mayo de 2024

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Extremadura. El espacio natural protegido más cercano se encuentra a aproximadamente
1 km, la ZEPA “Río y Pinares del Tiétar” (ES0000427) y ZEC “Río Tiétar” (ES4320031).
Los valores naturales reconocidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio
Natural y de la Biodiversidad son: Área de campeo y alimentación de especies protegidas
asociadas a ecosistemas forestales y sotos fluviales; fundamentalmente a los robledales
y gargantas presentes en el entorno: águila calzada, milano negro, milano real, zarceros,
currucas, lavandera, martín pescador, etc. y zona de importancia de odonatos protegidos
de la Garganta Jaranda: Oxygastra curtisii y Gomphus graslinii. Se considera que el
proyecto, con la aplicación de las medidas preventivas y correctoras, no es susceptible
de causar de forma significativa degradaciones sobre los hábitats ni alteraciones sobre
las especies por las que se han declarado los lugares de la Red Natura 2000 objeto del
presente informe, y que resulta compatible con los planes de protección vigentes de
las especies presentes. Informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es
susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000,
siempre que se cumplan las medidas indicadas.
—E
 l Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Gestión Forestal,
Caza y Pesca, informa que la parcela objeto del proyecto se encuentra dedicada en su
mayor parte a la producción agraria por lo que apenas existe vegetación natural que
pueda verse afectada, y que según el documento ambiental no se plantea la necesidad
de eliminar ningún ejemplar de porte arbóreo, afectando únicamente a zona de pastos
y algunas zarzas, sin embargo, hay que tener en cuenta las indicaciones establecidas
en el Plan PREIFEX donde se establecen las medidas de autoprotección a realizar para
reducir el riesgo por incendio forestal, este tipo de actuaciones generalmente conllevan
una reducción del combustible mediante desbroces, podas o talas de vegetación que
deben ser estudiadas de forma pormenorizada en cada caso concreto. En el proyecto
que nos ocupa no se hace referencia a estas actuaciones por lo que de ser de obligado
cumplimiento su ejecución se deberá volver a solicitar informe a este servicio sobre la
conveniencia de llevar a cabo las mismas. Se deben cumplir los condicionantes indicados a continuación y los indicados en el condicionado del informe de impacto ambiental,
relativos a los valores forestales:


• Para cualquier duda o aclaración deberá ponerse en contacto con el Coordinador de
Zona de los Agentes del Medio Natural.

—E
 l Servicio de Urbanismo de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana informa que en el término municipal de Jarandilla de La Vera
se encuentra actualmente vigente, Normas Subsidiarias aprobadas definitivamente por
Resolución de 31 de julio de 1998, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, publicado en el DOE n.º 49, de 27 de abril de 1999. En virtud