Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Edición. Ayudas. (2024061492)
Resolución de 19 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la edición de libros de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 86
Lunes 6 de mayo de 2024
23174
• Currículum del autor o autores, traductores, ilustradores, fotógrafos, prologuistas,
epiloguistas, antólogos, coordinadores o cualquier otro participante en el proyecto de
edición.
• Catálogo de la editorial y un ejemplar de alguna de las publicaciones.
• Copia del contrato de edición o compromiso del autor o autores en caso de no encon
trarse la obra en régimen de dominio público
c) En el caso de no prestarse autorización a que el órgano gestor los recabe de oficio:
• Documento acreditativo del poder notarial en vigor para representar a la empresa.
• Documento que acredite que la empresa tiene su sede en el ámbito territorial del
Espacio Económico Europeo y su fecha de constitución, salvo que este dato conste en
sus estatutos vigentes.
• Certificados actualizados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligacio
nes tributarias y con la Seguridad Social, así como ante la Hacienda de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
• Certificado de situación de actividad en la Agencia Tributaria que acredite la actividad
económica desarrollada
2. La documentación que debe adjuntarse a la solicitud o que sea requerida, en su momento,
para la tramitación del expediente se presentará en original o mediante fotocopia.
3. No será necesaria la presentación de la documentación que estuviere ya en poder de esta
Administración actuante, si el solicitante se acoge a lo establecido en el apartado d) del
artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o de
pendencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos.
4. La documentación técnica que acompaña a la solicitud será archivada en su expediente.
Concedidas las ayudas, y una vez transcurridos los plazos para la interposición de recursos
procedentes sin que se hayan interpuesto, dicha documentación quedará a disposición de
los interesados.
Decimosegundo. Criterios de valoración.
Las solicitudes se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
Lunes 6 de mayo de 2024
23174
• Currículum del autor o autores, traductores, ilustradores, fotógrafos, prologuistas,
epiloguistas, antólogos, coordinadores o cualquier otro participante en el proyecto de
edición.
• Catálogo de la editorial y un ejemplar de alguna de las publicaciones.
• Copia del contrato de edición o compromiso del autor o autores en caso de no encon
trarse la obra en régimen de dominio público
c) En el caso de no prestarse autorización a que el órgano gestor los recabe de oficio:
• Documento acreditativo del poder notarial en vigor para representar a la empresa.
• Documento que acredite que la empresa tiene su sede en el ámbito territorial del
Espacio Económico Europeo y su fecha de constitución, salvo que este dato conste en
sus estatutos vigentes.
• Certificados actualizados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligacio
nes tributarias y con la Seguridad Social, así como ante la Hacienda de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
• Certificado de situación de actividad en la Agencia Tributaria que acredite la actividad
económica desarrollada
2. La documentación que debe adjuntarse a la solicitud o que sea requerida, en su momento,
para la tramitación del expediente se presentará en original o mediante fotocopia.
3. No será necesaria la presentación de la documentación que estuviere ya en poder de esta
Administración actuante, si el solicitante se acoge a lo establecido en el apartado d) del
artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o de
pendencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos.
4. La documentación técnica que acompaña a la solicitud será archivada en su expediente.
Concedidas las ayudas, y una vez transcurridos los plazos para la interposición de recursos
procedentes sin que se hayan interpuesto, dicha documentación quedará a disposición de
los interesados.
Decimosegundo. Criterios de valoración.
Las solicitudes se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios: