Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061460)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño Público de Empleo y la Fundación Santa María la Real para la implantación del Programa HUBS de Activación de la Empleabilidad.
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NÚMERO 85
Viernes 3 de mayo de 2024

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4) Resolver las controversias que surjan con ocasión de la ejecución del convenio.
5) Elevar los informes y propuestas a los órganos rectores de cada una de las partes.
Se reunirá cuando se estime conveniente y en todo caso, a petición de cualquiera de las partes firmantes. Asimismo, los miembros de la Comisión podrán asistir acompañados por personal técnico, que no tendrán voz ni voto en las reuniones. Los acuerdos que adopten deberán
ser aprobados por unanimidad.
Sexta. Derechos de propiedad industrial y difusión.
En las actuaciones de difusión objeto del presente convenio, ambas partes se comprometen
a respetar las normas de utilización del uso de la imagen corporativa y logotipos de las instituciones a que se refiere el presente convenio. Las Partes declaran y garantizan que ostentan
la titularidad de sus respectivos nombres, logos, marcas y cualquier otro bien protegido por
las leyes vigentes en materia de propiedad industrial e intelectual que esté incluido en este
convenio, sin que el mismo suponga cesión, traspaso o renuncia a los derechos que correspondan a la otra parte.
Este convenio tiene por objeto establecer el marco de coordinación y colaboración entre las
partes para la correcta difusión de las actividades del programa, para lo cual, tanto el SEXPE
como la Fundación remitirá con carácter previo los borradores a fin poder aprobar su contenido. Cada una de las Partes podrá informar públicamente de la existencia y ejecución del
mismo, previo aviso para lograr un consenso en la utilización de los signos distintivos y corporativos de cada entidad. Por tanto, toda comunicación que se produzca como consecuencia
de la ejecución del proyecto deberá incluir los logos de cada una de las partes que lo suscriben
incluyendo los de las entidades y organismos cofinanciadores del Programa, como es el caso
de Fundación Iberdrola.
Asimismo, cumplirán los compromisos asumidos colaborando en todo momento, de acuerdo
con los principios de la buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
Séptima. Confidencialidad.
Las Partes podrán revelarse determinada información relativa a sus actividades, así como de
desarrollo y materiales, siempre que todo ello sea necesario para la consecución del convenio. Las Partes acuerdan que la información que se revelen mutuamente (salvo que sea de
dominio público, que ya se conociera por las otras Partes o que se revele a un tercero por requerimiento legal con obligación de ser atendido) tendrá la consideración de confidencial, por
lo que se comprometen a guardar el más absoluto secreto sobre la información de las otras
Partes a que tengan acceso, en cumplimiento del convenio.