Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024061483)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo por el que se regulan las relaciones de trabajo entre el personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Madroñera (Cáceres) y la Corporación Municipal.
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Viernes 3 de mayo de 2024

Capítulo I
Ámbito de aplicación y vigencia
Artículo 1. Objeto.
El presente convenio tiene como objeto principal la regulación de las relaciones laborales entre el ayuntamiento de Madroñera (incluyendo sus entidades dependientes: organismos autónomos, entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles, consorcios, fundaciones u
otras instituciones sin fin de lucro) y los trabajadores y trabajadoras a su servicio, indistintamente de la modalidad contractual que les vincule, salvo las contrataciones que se realicen a
cargo de diferentes programas específicos, que vengan catalogadas sus categorías, a los que
no será de aplicación el régimen retributivo previsto en el presente convenio.
El presente convenio se firma entre el ayuntamiento de Madroñera, representado por la Alcaldía, los delegados y delegadas representantes del personal, así como las Central Sindical
con representación en el momento de la firma de éste Convenio siendo UGT de Extremadura.
Artículo 2. Ámbito personal.
1. L
 as normas contenidas en el presente convenio son de aplicación:
a) Al personal municipal que se encuentren en la situación de servicio activo o en la de
servicios especiales del ayuntamiento de Madroñera y de sus entidades dependientes a
las que se refiere el artículo 1, creadas o que puedan crearse en el futuro.
b) A todo el personal vinculado a la Corporación en virtud de nombramiento interino o
contratación temporal, que ocupe plaza de plantilla.
c) También quedará acogido al presente convenio el personal contratado para obras de
planes provinciales, así como el personal contratado para servicios diversos, cuyo coste
sea subvencionado por organismos externos al ayuntamiento
2. Los acuerdos, disposiciones, resoluciones y normas del ayuntamiento de Madroñera en
tanto no contradigan lo establecido en el presente convenio, se aplicarán a su personal en
lo que le sea más favorable.
Artículo 3. Ámbito territorial.
Este convenio se aplicará en todos los centros de trabajo del ayuntamiento de Madroñera y de
sus entidades dependientes y a los que puedan crearse en el futuro, aunque no estén en el
término municipal de Madroñera, si en ellos presta servicio personal municipal.