Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024061483)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo por el que se regulan las relaciones de trabajo entre el personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Madroñera (Cáceres) y la Corporación Municipal.
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Viernes 3 de mayo de 2024

Igual norma regirá para los conflictos de interpretación y aplicación de los acuerdos o pactos que lo desarrollen.
2. E
 n el caso de que la Comisión Paritaria no dé solución al conflicto, las partes podrán recurrir
a la Solución Extrajudicial de Conflictos Colectivos prevista en el artículo 45 del TREBEP.
Capítulo IV
Organización del trabajo
Artículo 15. Organización y racionalización.
1. Principio general. La organización del trabajo es facultada y responsabilidad de la administración y su personal directivo. Por otra parte, la legislación vigente establece cauces de
participación de la legitima representación del personal municipal en sus condiciones de
empleo.
2. S
 erán criterios inspiradores de la organización del trabajo:
d) Mejora de las prestaciones de servicios a la ciudadanía.
e) L
 a simplificación del trabajo, racionalización, simplificación y mejora de métodos y procesos administrativos.
f) Establecimiento de plantillas correctas de personal.
g) Definición y clasificación clara de las relaciones entre puesto y plaza.
h) Potenciar y desarrollar en base a la normativa establecida, a través de planes y acuerdos, la promoción del. personal municipal.
i) Identificación y valoración de los puestos de trabajo.
j) Mejora de las condiciones ambientales y de salud laboral.
3. En relación con el derecho a la negociación colectiva, a la representación y participación
institucional para la determinación de las condiciones de trabajo del personal laboral del
ayuntamiento de Madroñera, se estará a lo dispuesto en el capítulo IV del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) y demás normas que sean de aplicación.
4. Durante el último semestre de 2023 se iniciará el estudio y negociación de un Catálogo y
Valoración de Puestos de trabajo con el objetivo de homogeneizar las tipologías actualmente existentes.