Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024061485)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación de la sentencia n.º 198/2023, de 26 de junio, del Juzgado de lo Social n.º 4 de Badajoz, por la que se declara la nulidad del Convenio Colectivo de Sector Comercio General de la Provincia de Badajoz y de la sentencia n.º 92/2024, de 21 de febrero, del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la anterior sentencia.
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NÚMERO 85

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Viernes 3 de mayo de 2024

FALLO
Estimo la demanda presentada por Asociación de Empresarios de Óptica de Badajoz contra
COEBA, CCOO, UGT y CSIF. Por ello, declaro la nulidad del Convenio Colectivo de Sector Comercio General de la Provincia de Badajoz publicado en el DOE del día 28 de marzo de 2023.
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de
suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, pudiendo anunciar su propósito de entablarlo ante este juzgado dentro del término de los cinco
días siguientes al de la notificación de la sentencia, designando letrado para su formalización
o pidiendo su nombramiento por el turno de oficio, y en caso de que la empresa demandada
sea la recurrente, en dicho momento deberá presentar resguardo de haber ingresado en la
cuenta n.º 4998 0000 65 0284 23 del Juzgado de lo Social Número Cuatro de Badajoz la cantidad objeto de condena o aval bancario, y asimismo la cantidad de 300 euros para depósito.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación: Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. magistrado juez que
la dictó, estando constituido en audiencia pública en el mismo día de su fecha, de todo lo cual
como letrada de la Administración de Justicia certifico.