Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Actividades Formativas Complementarias. (2024061397)
Resolución de 16 de abril de 2024, de la Consejera, por la que se acuerda prorrogar la vigencia de los proyectos para la realización de las actividades formativas complementarias en los centros públicos de Educación Infantil y Primaria y específicos de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2024/2025.
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Martes 30 de abril de 2024

En este sentido, los proyectos de actividades formativas complementarias se han implantado
para el curso escolar 2022/2023, 2023/2024 y se prorrogan para el curso escolar 2024/2025;
de acuerdo con lo indicado, la prórroga afecta a los proyectos aprobados por los centros públicos de Educación Infantil y Primaria y específicos de Educación Especial de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Cuarto. La disposición final primera del Decreto 84/2014, de 20 de mayo, establece que “...
Se autoriza al titular de la Consejería competente en materia de educación a adoptar las medidas y dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento, desarrollo y ejecución de lo
dispuesto, en materia educativa, en el presente decreto.”
Por todo ello, a la vista de la propuesta efectuada por la Secretaría General de Educación y
Formación Profesional y teniendo en cuenta los antecedentes y fundamentos de derecho anteriores,
RESUELVO:
Primero. Prorrogar la vigencia de los proyectos para la realización de las actividades formativas complementarias para el curso escolar 2024/2025, en los centros públicos de Educación
Infantil y Primaria y específicos de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se especifican en los anexos a la presente resolución.
Segundo. Ordenar su publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en la página web:
http://www.educarex.es/afc.html.
Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de
un mes contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Podrá también interponerse directamente, en el plazo de dos meses, contado a partir del día
siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, el
correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición
interpuesto. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercer cualquier otro recurso
que estime procedente.
Mérida, 16 de abril de 2024.
La Consejera de Educación, Ciencia y
Formación Profesional,
MARÍA MERCEDES VAQUERA
MOSQUERO