Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024AC0038)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Garbayuela.
146 páginas totales
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NÚMERO 83
Martes 30 de abril de 2024

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Articulo 1.1.1.17 Edificación alineada
Es la edificación que ocupa las alineaciones y las líneas de edificación, no permitiéndose retranqueos, ni patios abiertos, y sin perjuicio
de la posibilidad de cuerpos volados o elementos salientes.
Articulo 1.1.1.18 Fondo edificable
Es la distancia perpendicular desde la alineación, que establece la línea de edificación de la parcela.
Articulo 1.1.1.19 Profundidad máxima edificable
Es la distancia máxima y perpendicular desde la alineación, que establece la proyección de la edificación.
Articulo 1.1.1.20 Edificación retranqueada
Es la edificación con una separación mínima a los linderos, en todos sus puntos y medida perpendicularmente a ésta.
Articulo 1.1.1.21 Patio abierto
Son los patios interiores de parcela que presentan uno de sus lados abiertos sobre las alineaciones o líneas de edificación.
Articulo 1.1.1.22 Superficie libre
Es la franja existente en la parcela destinada a espacio libre y no ocupada por la edificación
Articulo 1.1.1.23 Edificación aislada
Es la edificación retranqueada en todos sus linderos.
Articulo 1.1.1.24 Separación entre edificaciones
Es la distancia que existe entre dos edificaciones, medida entre sus puntos más próximos, incluyendo la proyección horizontal de los
cuerpos volados.
Articulo 1.1.1.25 Edificación libre
Es la edificación de composición libre, no estando condicionada su posición en la parcela.
Articulo 1.1.1.26 Superficie ocupada
Es la superficie delimitada por las líneas de edificación.
Articulo 1.1.1.27 Coeficiente de ocupación por planta
Es la relación, expresada en tanto por ciento, entre la superficie edificable por planta y la superficie de la parcela edificable.
Articulo 1.1.1.28 Superficie edificable
Es la suma de las superficies de todas las plantas sobre rasante, delimitada por el perímetro de la cara exterior de los cerramientos en
cada planta de los cuerpos cerrados, y el cincuenta por ciento de la superficie de los cuerpos abiertos.
Articulo 1.1.1.29 Coeficiente de edificabilidad o edificabilidad
Es el coeficiente, expresado en m²/m², que se le aplica a la superficie de la parcela edificable para obtener su superficie edificable.
Articulo 1.1.1.30 Nivel de rasante
Es el punto medio de la longitud de fachada en la rasante, o, en su caso, el terreno en contacto con la edificación, salvo que expresamente
quede establecida otra disposición por la normativa.
Articulo 1.1.1.31 Altura de la edificación
Es la distancia vertical en el plano de fachada entre el nivel de rasante y la cara superior del forjado que forma el techo de la última planta.
Articulo 1.1.1.32 Altura total
Es la distancia vertical entre el nivel de rasante y el punto más alto de la edificación, excluyendo los elementos técnicos de las
instalaciones. Quedarán excluidos aquellos elementos que por sus dimensiones y características puedan dar lugar a espacios ocupables.
A este respecto se entiende como espacio ocupable aquel cubierto y/o cerrado con una altura libre igual o superior a 2.20metros.
Articulo 1.1.1.33 Altura de las instalaciones
Es la distancia vertical máxima sobre la altura total de los elementos técnicos de las instalaciones.
Articulo 1.1.1.34 Altura de planta
Es la distancia vertical entre las caras superiores de dos forjados consecutivos.
Articulo 1.1.1.35 Altura libre de planta
Es la distancia vertical entre los elementos constructivos que delimitan una planta.
Articulo 1.1.1.36 Planta baja
Es la planta de la edificación donde la distancia vertical entre el nivel de rasante y la cara superior del forjado no excede de 1 metro.
Articulo 1.1.1.37 Planta de pisos
Son las plantas situadas sobre la planta baja.
Articulo 1.1.1.38 Entreplanta
Se denomina entreplanta al volumen situado en la planta baja y retranqueada de la fachada a una distancia superior a la altura de la
planta baja.