Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024AC0038)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Garbayuela.
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NÚMERO 83
Martes 30 de abril de 2024

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3. Zona de Interés (ZI).
En esta zona se incluye el resto de superficie no incluida en ninguna de las otras categorías de zonificación.
Medidas de conservación relativas a la zonificación:
Además de las medidas incluidas en el Plan Director de la Red Natura 2000, en el ámbito territorial de este Plan de Gestión serán de
aplicación las siguientes medidas de conservación:
1. Zona de Interés Prioritario (ZIP):
- ZIP 1. ``Río Guadalemar´´.
a) Elemento clave: jarabugo.
Además de los Programas de Conservación 1, 2, 3, y 4 incluidos en el apartado “4.2.6. Peces” del Plan Director de la Red Natura 2000,
serán de aplicación las siguientes medidas de conservación:
a1. (R) Se considera incompatible la construcción de barreras transversales de retención que impidan la distribución y
desplazamiento de las especies piscícolas autóctonas para su alimentación y ciclo reproductor.
a2. (D) Se considera fundamental el mantenimiento de los charcones estacionales en periodo estival (únicos reservorios de
agua para esta y otras especies autóctonas), por ello:


Se intensificarán las labores de vigilancia y control de captaciones ilegales, especialmente durante la época estival.



Con objeto de disminuir el impacto que puede ocasión el abrevado del ganado en época estival, se considera esta ZEC
como uno de los lugares preferentes para incentivar medidas y fomentar actuaciones que tengan como objeto la creación
o adecuación de charchas y puntos de agua. Estas charcas se diseñarán de acuerdo a características constructivas que
beneficien la presencia de especies silvestres y en ningún caso supondrá una afección negativa para la ZEC.

a3. (D) Se considera primordial establecer medidas que impidan la llegada del alburno a este río. Entre ellas se considerará la
construcción de barreras para su remonte en los tramos inferiores del Guadalemar, próximos a la desembocadura en el
embalse.
b) Elemento clave: hábitats naturales de ribera.
Serán de aplicación las medidas establecidas en la ZAI 1.
ZIP 2. ``Peña del Caminero´´.
Además de los Programas de Conservación 1, 2, 3, y 4 incluidos en el apartado “4.3.1. Aves rupícolas” del Plan Director de la Red Natura
2000, serán de aplicación las siguientes medidas de conservación:
a) Elementos clave: jarabugo.
a1. Serán de aplicación las medidas establecidas en la ZIP 1 para este elemento clave.
b) Elemento clave: hábitats naturales de ribera.
b1. Serán de aplicación las medidas establecidas en la ZAI 1 para este elemento clave.
c) Otros valores a tener en cuenta en la gestión del lugar: alimoche
c1. (R) Con carácter general, se considera incompatible la apertura de nuevos caminos, cortafuegos, y pistas forestales. En el
caso de los existentes, las actuaciones de adecuación se realizarán fuera del periodo comprendido entre el 1 de abril y el 31
de julio.
c2. (R) Las actuaciones selvícolas sobre las formaciones forestales y ribereñas se realizarán fuera del periodo comprendido
entre el 1 de abril y el 31 de julio.
2. Zona de Alto Interés (ZAI)
- ZAI 1. ``Afluentes´´.
a) Elemento clave: hábitats naturales de ribera
Además de los Programas de Conservación 1, 2, 3, y 4 incluidos en el apartado “4.1.5. Sistema de hábitats ribereños” del Plan Director
de la Red Natura 2000, serán de aplicación las siguientes medidas de conservación:
a1. (R) Se consideran incompatibles los cambios de uso que impliquen la transformación de hábitats naturales ribereños.
a2. (R) Se consideran incompatibles las quemas en dominio público hidráulico.
a3. (R) Se considera incompatible la corta de arbolado autóctono en dominio público hidráulico, salvo la asociada a:


La eliminación de pies dañados, enfermos o muertos, por motivos fitosanitarios o de protección frente avenidas, en los
términos establecidos en el correspondiente Informe de Afección.



Los trabajos de acondicionamiento de cauces, en los términos establecidos en el correspondiente Informe de Afección.