Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061430)
Resolución de 20 de abril de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental al proyecto de explotación porcina de producción y cebo intensiva, en el término municipal de Campillo de Llerena, cuya promotora es Cebaderos y Excavaciones El Palomo, SL. Expte.: IA21/0744.
37 páginas totales
Página
NÚMERO 82
Lunes 29 de abril de 2024

22253

5) L
 a calificación rústica contendrá la representación gráfica georreferenciada de la envolvente poligonal de todos los elementos significativos a materializar sobre el terreno, y
del área de suelo vinculada a la calificación.
En suelo rústico no pueden realizarse obras o edificaciones que supongan riesgo de
formación de nuevo tejido urbano. En el presente caso no se aprecia la existencia de
riesgo de formación de nuevo tejido urbano.
En consecuencia, a efectos de la habilitación urbanística prevista por el artículo 71.3
de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, la ampliación de registro porcino, explotación “El Palacio” propuesta
resulta desde un punto de vista urbanístico autorizable en su ubicación concreta, por
lo que procede emitir informe urbanístico favorable sobre una unidad de suelo rústico
apta para la edificación de 14,1058 ha en la parcela 227 del polígono 39 y en la parcela
9 del polígono 40 del término municipal de Campillo de Llerena, a instancias de Cebadero y Excavaciones El Palomo, SL.
Al objeto de dar adecuado cumplimiento al contenido de la calificación rústica, establecido en el artículo 69.8 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial
y urbanística sostenible de Extremadura, concretamente a letra d) del mencionado
artículo, desde la DGS se hicieron consultas a los efectos de la calificación rústica a las
Administraciones Públicas relacionadas a continuación:


— Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas. Dirección General de
Sostenibilidad.



— Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.



— Confederación Hidrográfica del Guadiana.



— Ayuntamiento de Campillo de Llerena



— Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio.

El Servicio de Ordenación del Territorio emite informe de fecha 21 de septiembre de
2021 en el que informa que “....no se detecta afección sobre instrumento de ordenación territorial con aprobación definitiva (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación del Territorio de Extremadura, con modificaciones posteriores, y Ley
11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de
Extremadura, con modificación posterior), ni alguna otra consideración que se pueda