Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061430)
Resolución de 20 de abril de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental al proyecto de explotación porcina de producción y cebo intensiva, en el término municipal de Campillo de Llerena, cuya promotora es Cebaderos y Excavaciones El Palomo, SL. Expte.: IA21/0744.
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NÚMERO 82
Lunes 29 de abril de 2024

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D.2. Medidas en fase de construcción.


1. S
 e notificará a la DGS el inicio de las obras con una antelación mínima de un mes.



2. Se realizará antes de la ejecución de los desbroces una inspección de campo para
la localización de nidos o lugares de concentración de animales que pudieran ser
eliminados de forma directa.



3. Se procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras,
al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del
proyecto.



4. Se evitará, en lo posible, dañar o eliminar vegetación arbustiva o arbórea, situando
las zonas de acopios temporales, parque de maquinaria e instalaciones auxiliares,
áreas de trabajo, zonas de préstamo, vertederos, etc.



5. Se evitará todo tipo de movimientos de tierras no contemplados en esta evaluación.
La tierra vegetal resultante de las excavaciones y movimientos de tierras se almacenará formando caballones de 1,5 m de altura máxima. Se tomarán las medidas
necesarias para mantener su potencial edáfico hasta su utilización en las tareas de
restauración posteriores.



6. Se restituirá la totalidad de los terrenos afectados por las obras, así como sus zonas
e infraestructuras anexas, debiendo adoptar medidas de integración al respecto, así
como evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo. No deberán
quedar, bajo ningún concepto, acúmulos de materiales, como hormigón, tierras,
etc., debiendo proceder a depositarlo según la legislación correspondiente. La totalidad de las infraestructuras e instalaciones quedarán integradas en el entorno.



7. Se controlará la emisión de gases contaminantes de los vehículos y maquinaria con
su continua puesta a punto, así como la generación de ruidos.



8. Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones adecuadas para ello (cambios de aceite, etc.), evitando los posibles vertidos
accidentales al medio. Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda generar
la maquinaria de la obra se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados
para su evacuación y tratamiento por gestor autorizado.



9. En la construcción de las instalaciones se pondrá especial atención en la retirada
de cualquier material no biodegradable, contaminante o perjudicial para la fauna
que se obtenga a la hora de realizar los trabajos (plásticos, metales, etc.). Estos
sobrantes deberán gestionarse por gestor autorizado.