Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061430)
Resolución de 20 de abril de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental al proyecto de explotación porcina de producción y cebo intensiva, en el término municipal de Campillo de Llerena, cuya promotora es Cebaderos y Excavaciones El Palomo, SL. Expte.: IA21/0744.
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Lunes 29 de abril de 2024



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No se prevé ninguna afección a monte de utilidad pública. En el entorno cercano
de la explotación no existen montes de utilidad pública.



No es previsible que la actividad tenga efectos significativos sobre el patrimonio
arqueológico y dominio público siempre y cuando se adopten las medidas correctoras propuestas.




— Consumo de recursos y cambio climático
Los recursos consumidos serían la ocupación del suelo por parte de las instalaciones, y el consumo de cereales y agua por parte de los animales.



La actividad ganadera también podría tener efectos sobre el cambio climático
derivados de las emisiones gases producidas durante el estabulamiento de los
animales y almacenamiento exterior de sus deyecciones principalmente. Para ello
se proponen una serie de medidas presentes en esta resolución.



No se prevén efectos significativos sobre los recursos y cambio climático siempre
y cuando se adopten las medidas propuestas para ello.

— Medio socioeconómico.


El impacto para este medio es positivo por la generación de empleo y de la actividad económica. Esto contribuirá a fijar población en el entorno de la instalación, que en Extremadura tiene una importancia vital. En cuanto a la actividad
económica se verá beneficiada por la recaudación de impuestos (Impuesto sobre
los Bienes Inmuebles, Impuesto sobre la Actividad Económica, Impuesto sobre
Construcciones, Instalaciones y Obras). La población se verá beneficiada por la
creación de empleo y la mejora de la economía, lo que contribuirá a asentar la
propia población e incrementará la renta media.

— Sinergias.




No se presentan sinergias en la documentación aportada.
— Vulnerabilidad del proyecto. Riesgos de accidentes graves o catástrofes.
La promotora incluye “Análisis de Vulnerabilidad del Proyecto” en el documento
ambiental, de conformidad con lo estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre,
por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, conforme a las premisas y directrices de la Instrucción 2/2020, dictada por la
Dirección General de Sostenibilidad, sobre el análisis de la vulnerabilidad de los