Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Juventud. Ayudas. (2024061404)
Resolución de 12 de abril de 2024, de la Secretaría General, sobre convocatoria de las ayudas para el desarrollo proyectos de interés general a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juventud para el ejercicio 2024.
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Viernes 26 de abril de 2024

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k) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Cuarto. Proyectos subvencionables.
Se subvencionarán, con cargo a la presente convocatoria, proyectos de intervención que, con
carácter general ejecuten medidas destinadas a facilitar el desarrollo de los distintos ámbitos
de la vida de la población joven, favoreciendo la autonomía personal, la plena convivencia o
la inserción social de la juventud, incidiendo especialmente en los ámbitos de la emancipación, el empleo, la vivienda, la salud, juventud rural y la participación, así como aquellos que
vayan dirigidos a la promoción, impulso y efectiva consecución de la igualdad entre mujeres y
hombres, la lucha contra la violencia de género en jóvenes, y que fomenten la actitud crítica
y activa frente a cualquier tipo de discriminación.
Igualmente se subvencionarán aquellos proyectos que impulsen los valores de la creatividad
y la innovación a través de la igualdad de oportunidades, que tengan por finalidad la generación de un ocio creativo y de calidad, así como los que promuevan programas y planes de
formación, conocimiento e investigación.
Por último, también se subvencionarán los proyectos que incidan en la sostenibilidad y la preservación del medio ambiente, con la finalidad de conseguir un ambiente sano, equilibrado y
apto para el desarrollo de la juventud.
Quinto. De las actividades excluidas.
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, quedan excluidos de ayuda, y por lo tanto
no optarán a financiación las actividades siguientes:
a) Actividades docentes, previstas en los planes de estudios vigentes, así como viajes de
fin de curso u otras actividades extraescolares de similar naturaleza.
b) Actividades deportivas federadas.
c) Proyectos y acciones incluidas en el Programa Juventud en Acción de la Unión Europea
o similar que lo sustituya.
d) Aquellos que contengan preceptos que infrinjan alguna normativa vigente.
Sexto. De los gastos subvencionables.
1. S
 e consideran, con carácter general, gastos subvencionables aquellos que, respondiendo
de manera indubitada a la naturaleza del proyecto subvencionado, se hayan originado a las