Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Juventud. Ayudas. (2024061404)
Resolución de 12 de abril de 2024, de la Secretaría General, sobre convocatoria de las ayudas para el desarrollo proyectos de interés general a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juventud para el ejercicio 2024.
44 páginas totales
Página
NÚMERO 81
Viernes 26 de abril de 2024

21887

a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro
administrativo en función del tipo de entidad de que se trate.
b) Disponer de estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de sus
objetivos.
c) Prestar servicios o desempeñar funciones en el campo de la juventud dentro del ámbito
territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. N
 o podrán ser beneficiarias de estas ayudas aquellas entidades en las que concurra alguna
de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. D
 el mismo modo, no podrán ser beneficiarias de estas ayudas aquellas entidades en las
que hubiese recaído resolución de revocación o reintegro total por pérdida del derecho al
cobro de la subvención por incumplimiento en el ejercicio anterior.
Tercero. De las obligaciones de las entidades beneficiarias.
Son obligaciones de las entidades beneficiarias:
a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto y realizar la actividad subvencionable que fundamenta la concesión de las subvenciones, asumiendo, en su caso, la aportación económica por la diferencia entre el importe de la cantidad concedida y el coste total de la
actividad subvencionada, garantizando el buen fin de ésta en los términos y condiciones
tenidos en cuenta para el otorgamiento de la subvención.
b) Presentar un presupuesto adecuado a los objetivos y actividades necesarias para el
buen desarrollo del proyecto.
c) Justificar ante el órgano concedente, en la forma y plazo establecidos, el cumplimiento
de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad subvencionable.
A tales efectos, se deberá acreditar y justificar la totalidad de la actividad subvencionada, así como los gastos y pagos realizados por el importe total del proyecto subvencionado.
d) Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección de la aplicación de la subvención, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras
de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones
anteriores.