Extremadura Avante, Slu. Retribuciones. (2024080632)
Anuncio de 8 de abril de 2024 por el que se da publicidad a las tablas retributivas del personal de Extremadura Avante, SLU, y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa e indirectamente.
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NÚMERO 81
Viernes 26 de abril de 2024
22151
personal al servicio del sector público previsto en el artículo 19.Dos.2.b) de la LPGE para 2023
reproducido y publicado en el BOE n.º 34 de 8 de febrero de 2024, mediante Resolución de la
Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 19 de marzo de
2024, se ha acordado efectuar el incremento adicional indicado a tenor de las referidas normas jurídicas, con un incremento retributivo global máximo para el ejercicio 2023 del 3,5%.
La disposición final primera, párrafo segundo, de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, prevé:
“Así mismo, se autoriza a la persona responsable, en cada ámbito de la gestión de política retributiva y de la nómina del personal, a aprobar y publicar en el Diario Oficial de
Extremadura, sin perjuicio de su inserción en otros medios de difusión, las tablas retributivas que afecten a su ámbito de nómina de personal, así como dictar mediante resolución
las instrucciones necesarias para su desarrollo e interpretación.”
Por todo lo expuesto, de conformidad con las atribuciones conferidas por el ordenamiento
jurídico, este Director General, adopta la siguiente decisión:
Dar publicidad de las tablas retributivas del ámbito de Extremadura Avante, SLU, y sus
sociedades filiales participadas mayoritariamente directa e indirectamente, aprobadas
el 8 de abril de 2024 por la Dirección General de Extremadura Avante SLU, que permanecerán expuestas en el Portal del empleado del Grupo Extremadura Avante (Intranet)
http://intranet.extremaduraavante.es, dando así cumplimiento a lo establecido en la disposición final primera Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
Mérida, 8 de abril de 2024. El Director General Extremadura Avante, SLU, MIGUEL ÁNGEL
MENDIANO CALLE.
Viernes 26 de abril de 2024
22151
personal al servicio del sector público previsto en el artículo 19.Dos.2.b) de la LPGE para 2023
reproducido y publicado en el BOE n.º 34 de 8 de febrero de 2024, mediante Resolución de la
Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 19 de marzo de
2024, se ha acordado efectuar el incremento adicional indicado a tenor de las referidas normas jurídicas, con un incremento retributivo global máximo para el ejercicio 2023 del 3,5%.
La disposición final primera, párrafo segundo, de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, prevé:
“Así mismo, se autoriza a la persona responsable, en cada ámbito de la gestión de política retributiva y de la nómina del personal, a aprobar y publicar en el Diario Oficial de
Extremadura, sin perjuicio de su inserción en otros medios de difusión, las tablas retributivas que afecten a su ámbito de nómina de personal, así como dictar mediante resolución
las instrucciones necesarias para su desarrollo e interpretación.”
Por todo lo expuesto, de conformidad con las atribuciones conferidas por el ordenamiento
jurídico, este Director General, adopta la siguiente decisión:
Dar publicidad de las tablas retributivas del ámbito de Extremadura Avante, SLU, y sus
sociedades filiales participadas mayoritariamente directa e indirectamente, aprobadas
el 8 de abril de 2024 por la Dirección General de Extremadura Avante SLU, que permanecerán expuestas en el Portal del empleado del Grupo Extremadura Avante (Intranet)
http://intranet.extremaduraavante.es, dando así cumplimiento a lo establecido en la disposición final primera Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
Mérida, 8 de abril de 2024. El Director General Extremadura Avante, SLU, MIGUEL ÁNGEL
MENDIANO CALLE.