Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Trámites Telemáticos. (2024061391)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifica la Resolución de 20 de junio de 2022 por la que se hace pública la disponibilidad de la tramitación por medios electrónicos del procedimiento de "Autorización de explotación para la emisión del acta de puesta en servicio de instalaciones del sector eléctrico o de los sectores de gases combustibles canalizados" y se añade la "Ficha técnica de autorización: Puesta en servicio de instalaciones sector eléctrico o sector de gases combustibles canalizados".
<< 11 << Página 11
Página 12 Pág. 12
-
12 páginas totales
Página
NÚMERO 80

21648

Jueves 25 de abril de 2024

La persona firmante, DECLARA bajo su responsabilidad:
La exactitud de los datos comunicados y su conformidad, de acuerdo con la normativa vigente. Haber informado debidamente a los
consumidores asociados a la instalación de generación disponiendo de sus permisos. Que los documentos indicados en la relación anterior y
que se han adjuntado a esta ficha como copias digitalizadas, son fiel reflejo de los documentos originales correspondientes.
Que los equipos y productos industriales de forman parte la instalación, disponen de certificados de fabricación según la legislación aplicable,
y/o marcado CE así como declaración CE de conformidad.
Que el titular de la instalación, dispone de dichos documentos originales, con el fin de poder exhibirlos ante el Órgano competente en materia
de ordenación industrial y energética, si el mismo así se lo requiriese.
Que en el caso de que la instalación de autoconsumo, sea de la modalidad sin excedentes, se ha entregado al titular, el documento/s de
evaluación de la conformidad del Sistema Antivertido.
Se adjunta a la presente Ficha Técnica de Autorización (FTA), la documentación correspondiente seleccionada, conforme a la clasificación de la
actuación identificada en la misma, el tipo de instalación y según su sector que deberá acompañarla, de acuerdo con lo indicado en el apartado
8 “Documentación Técnica a presentar, según sector e instalación”.

En

a

de

de

(En caso de puesta en servicio provisional para realizar pruebas, la firma será del
técnico titulado competente, en resto de casos será firmada por el Director de Obra)

(ESPACIO RESERVADO PARA LA MARCA DE FIMA ELECTRÓNICA)

Protección de datos de carácter personal: Los datos de carácter personal que se faciliten mediante esta Ficha Técnica de Autorización quedarán
registrados en un fichero, cuyo responsable es la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Sostenible, con la finalidad de ejercer las funciones de comprobación, inspección y control conforme a lo previsto en la Ley 21/1992, de
16 de julio, de industria y en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de
Hidrocarburos. Los titulares de los establecimientos, instalaciones y productos industriales inscritos podrán ejercer el derecho de acceso,
rectificación, cancelación y oposición ante dicho responsable, en Paseo de Roma, s/n., 06800, Mérida. Más información, en la web
www.juntaex.es.

•••