Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2024061205)
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la realización de programas de aprendizaje a lo largo de la vida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2024/2025.
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Jueves 25 de abril de 2024

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misma un docente (maestro o profesor de secundaria) con destino en un centro público de
la localidad o zona, para lo cual deberá efectuar petición escrita a la dirección del centro
público, con al menos diez días de antelación al inicio de las actuaciones. En el caso de que
exista algún docente interesado, el centro solicitará autorización a la Delegación Provincial
de Educación correspondiente, para que éste pueda asistir a las actuaciones de la citada
comisión de selección.
3. L
 a convocatoria pública deberá contener al menos:
a) Las enseñanzas a desarrollar.
b) Los requisitos profesionales y titulación necesarios para el desarrollo de las enseñanzas.
c) La obligación de todos los formadores de aceptar las directrices pedagógicas del centro
docente público que coordine la zona educativa en la que se encuentre ubicada la actuación.
d) La localidad o localidades donde se desarrollarán las actividades formativas.
4. E
 n el proceso de selección de los formadores se tendrán en cuenta, entre otros méritos los
siguientes:
a) La situación laboral.
b) Experiencia docente en la educación de adultos y otras enseñanzas.
c) La formación y especialización profesional.
d) La presentación y defensa pública de un proyecto pedagógico relacionado con los programas a impartir.
e) A
 sí como otros méritos a considerar por la entidad y no contemplados anteriormente.
5. Para la valoración de los méritos indicados anteriormente se aplicará el baremo que se
establece en el anexo XI de la presente resolución.
6. En ningún caso el personal contratado guardará relación jurídica o laboral alguna con la
Junta de Extremadura.
Trigésimo tercero. Procedimiento de sustitución de los formadores en entidades
públicas.
1. E
 n el caso de renuncia de los formadores, se procederá a la contratación directa de un
nuevo formador de entre los candidatos que participaron en el proceso de selección y te-