Consorcio Museo Vostell Malpartida. Procesos Selectivos. (2024061396)
Resolución de 17 de abril de 2024, de la Presidencia del Consorcio, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo Rector que aprueba la convocatoria y las bases que regirán el proceso selectivo mediante concurso de méritos de la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo mediante el procedimiento de concurso en la categoría de Vigilante de Museos, Archivos y Bibliotecas.
19 páginas totales
Página
NÚMERO 80
Jueves 25 de abril de 2024

21776

correspondiente permiso de residencia, o de trabajo y residencia. En caso de que los
documentos estén redactados en un idioma extranjero, deberá presentarse traducción jurada de los mismos al castellano.


d) Las personas aspirantes cuya lengua materna sea distinta del castellano deberán
presentar certificado que acredite su dominio del castellano a través de certificado
de nivel C1 del MECRL (Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas) además de la declaración jurada.



e) D
 irección de correo electrónico y teléfono a efectos de comunicaciones.



f) Currículum vitae e informe de vida laboral.



g) Documentos acreditativos de los requisitos, así como de los méritos a evaluar.
Los certificados que se presenten con motivo de estar en curso la entrega de algún título
académico, deberán venir acompañados obligatoriamente de una copia compulsada del
expediente académico del estudiante emitido por el centro formativo del que se trate,
así como copia compulsada del abono del pago de las tasas de la solicitud del mismo, si
procede, en el caso de que se tuviera la obligación de presentar para su obtención.

3.4. L
 os errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.5. F
 inalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia del Tribunal dictará resolución en el plazo máximo de tres días hábiles declarando aprobada la lista provisional
de personas admitidas y excluidas, que se publicará en la página web del Consorcio,
concediendo un plazo de 5 días hábiles para la subsanación de defectos y reclamaciones.
3.6. E
 n el término de cinco días hábiles desde que finalice el plazo de subsanación de errores
y reclamaciones, se publicará en la página web del Consorcio la resolución por la que se
apruebe la lista definitiva de personas admitidas y excluidas. Esta publicación será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
3.7. Los méritos no alegados en la solicitud no podrán ser objeto de valoración por el Tribunal.
3.8. Acreditación de la documentación.
Experiencia laboral. Se acreditará mediante contrato de trabajo, documento público suficientemente acreditativo o certificado expedido por la administración o empresa privada
contratante; así como la vida laboral expedida por la Tesorería de la Seguridad Social
para su constatación (siendo este último documento necesario y complementario de tales
circunstancias).