Consorcio Museo Vostell Malpartida. Procesos Selectivos. (2024061396)
Resolución de 17 de abril de 2024, de la Presidencia del Consorcio, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo Rector que aprueba la convocatoria y las bases que regirán el proceso selectivo mediante concurso de méritos de la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo mediante el procedimiento de concurso en la categoría de Vigilante de Museos, Archivos y Bibliotecas.
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NÚMERO 80
Jueves 25 de abril de 2024

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CONSORCIO MUSEO VOSTELL MALPARTIDA
RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2024, de la Presidencia del Consorcio, por la
que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo Rector que aprueba la
convocatoria y las bases que regirán el proceso selectivo mediante concurso
de méritos de la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo
mediante el procedimiento de concurso en la categoría de Vigilante de Museos,
Archivos y Bibliotecas. (2024061396)
Con el fin de atender las necesidades de personal laboral temporal en la categoría de Vigilante de Museos, Archivos y Bibliotecas (Grupo IV) del Consorcio Museo Vostell Malpartida, el
Consejo Rector del Consorcio en sesión celebrada el 27 de diciembre de 2023, en el ejercicio
de las competencias otorgadas en sus Estatutos, resuelve aprobar la convocatoria de selección de personal para la constitución de bolsa de trabajo en la categoría mencionada, que se
proveerá mediante el sistema de concurso, aprobando, así mismo, las bases que regularán el
proceso de selección.
El Consorcio Museo Vostell Malpartida, está incluido en el ámbito de la Ley 4/2013, de Gobierno Abierto de Extremadura, entre cuyos principios inspiradores se encuentran los de transparencia pública y publicidad que tienen por objeto implantar una nueva forma de relación
con la ciudadanía, con la finalidad, entre otras, de garantizar “la plena transparencia de la
toma de decisiones y de la propia actividad de la Administración Regional, así como de los
organismos y entidades que la integran”. En consecuencia, con el propósito de contribuir a la
consecución de dicha finalidad, se hacen públicas las presentes bases, de acuerdo igualmente
con los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como de transparencia y promoción de
la concurrencia dentro de los diferentes procesos selectivos que se convoquen, conforme a la
Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y
mujeres, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Directiva Comunitaria
76/207/CEE, de 9 de febrero de 1976, relativa a la aplicación del principio de igualdad de
trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y a
la promoción profesionales y a las condiciones de trabajo, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura.
La selección se llevará a cabo en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los
principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación, publicidad y capacidad,
y se desarrollará de acuerdo con las siguientes: