Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. (2024061373)
Resolución de 4 de mayo de 2023, de la Dirección General de Agenda Digital, de concesión directa de una subvención a la Red Extremeña de Desarrollo Rural (REDEX) para el Desarrollo del Programa "Competencias digitales para la ciudadanía", en las anualidades 2023, 2024 y 2025, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 79
Miércoles 24 de abril de 2024
21487
50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas
con ayudas de la Junta de Extremadura.
l) Además, tienen que cumplir con la normativa europea y nacional que les resulte aplicable, y en particular, con las obligaciones que se derivan del cumplimiento del Reglamento del MRR e igualmente con el resto de normativa europea y nacional aplicable, en
especial, las medidas relativas a evitar fraude, corrupción, conflicto de intereses o doble
financiación, en protección de los intereses financieros de la Unión.
m) En caso de no disponer de información sobre la titularidad real de la entidad beneficiaria de la subvención, se estará a lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden HFP/55/2023,
de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de intereses en
los procedimientos que ejecutan el PRTR.
Décimo primero. Incumplimiento y reintegro.
El incumplimiento por parte de REDEX, del destino, finalidad o justificación dentro del plazo
concedido, así como la concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 43 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
dará lugar, previa audiencia al interesado, al reintegro de la cantidad percibida y la exigencia
del interés de demora desde el momento del primer pago de la subvención, hasta la fecha en
que se acuerde la procedencia del reintegro. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público y dicho procedimiento se regulará por lo establecido
en los artículos 42 a 49 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma.
A los efectos previstos en el apartado anterior, se considerará incumplimiento total y en consecuencia, procederá el reintegro total de la subvención cuando el importe total justificado de
los gastos y pagos realizados sea igual o inferior al 50 % de la inversión total. No se aplicarán
reintegros parciales.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 44.5 de la Ley 6/2011, de Subvenciones, el beneficiario
podrá realizar la devolución voluntaria sin requerimiento de la Administración, en cuyo caso,
el órgano concedente de la subvención calculará y exigirá el interés de demora establecido en
el artículo 24.3 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura,
sin el incremento del 25%.
Miércoles 24 de abril de 2024
21487
50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas
con ayudas de la Junta de Extremadura.
l) Además, tienen que cumplir con la normativa europea y nacional que les resulte aplicable, y en particular, con las obligaciones que se derivan del cumplimiento del Reglamento del MRR e igualmente con el resto de normativa europea y nacional aplicable, en
especial, las medidas relativas a evitar fraude, corrupción, conflicto de intereses o doble
financiación, en protección de los intereses financieros de la Unión.
m) En caso de no disponer de información sobre la titularidad real de la entidad beneficiaria de la subvención, se estará a lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden HFP/55/2023,
de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de intereses en
los procedimientos que ejecutan el PRTR.
Décimo primero. Incumplimiento y reintegro.
El incumplimiento por parte de REDEX, del destino, finalidad o justificación dentro del plazo
concedido, así como la concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 43 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
dará lugar, previa audiencia al interesado, al reintegro de la cantidad percibida y la exigencia
del interés de demora desde el momento del primer pago de la subvención, hasta la fecha en
que se acuerde la procedencia del reintegro. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público y dicho procedimiento se regulará por lo establecido
en los artículos 42 a 49 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma.
A los efectos previstos en el apartado anterior, se considerará incumplimiento total y en consecuencia, procederá el reintegro total de la subvención cuando el importe total justificado de
los gastos y pagos realizados sea igual o inferior al 50 % de la inversión total. No se aplicarán
reintegros parciales.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 44.5 de la Ley 6/2011, de Subvenciones, el beneficiario
podrá realizar la devolución voluntaria sin requerimiento de la Administración, en cuyo caso,
el órgano concedente de la subvención calculará y exigirá el interés de demora establecido en
el artículo 24.3 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura,
sin el incremento del 25%.