Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. (2024061373)
Resolución de 4 de mayo de 2023, de la Dirección General de Agenda Digital, de concesión directa de una subvención a la Red Extremeña de Desarrollo Rural (REDEX) para el Desarrollo del Programa "Competencias digitales para la ciudadanía", en las anualidades 2023, 2024 y 2025, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 79
Miércoles 24 de abril de 2024
21484
tiva realización. No será admitido ningún gasto cuyo pago no pueda acreditarse conforme a
lo establecido en dicho párrafo.
Sin perjuicio de lo anterior la actuación subvencionada estará sujeta al control financiero que
proceda conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención o la justificación insuficiente de la misma llevará aparejado el reintegro en las condiciones previstas en el artículo
43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Décimo. Obligaciones del beneficiario.
REDEX asumirá con carácter general las siguientes obligaciones previstas en el artículo 13 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
y específicamente las siguientes:
a) Ejecutar las actuaciones subvencionables, en los términos establecidos en la presente
resolución, pudiendo contratar con terceros dicha ejecución, ajustándose, en su caso,
a los requisitos previstos en el apartado 3 del artículo 33 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Aun habiendo sido acreditado con carácter previo a la presente Resolución, REDEX debe
acreditar con carácter previo a cada uno de los pagos que se encuentra al corriente en
el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado, la Hacienda
autonómica y frente a la Seguridad Social, siempre que conste en el procedimiento el
consentimiento expreso de REDEX para la comprobación de oficio por parte de la Dirección General de Agenda Digital, y no siendo así, deberán aportarse dichos documentos
por parte de dicha entidad.
c) Comunicar a la Dirección General de Agenda Digital la percepción, en su caso, de otras
subvenciones concedidas para la misma finalidad por otras Administraciones públicas o
entes públicos o privados.
d) Facilitar la información relativa a la gestión de las actividades subvencionables que demande la Dirección General de Agenda Digital de la Consejería de Economía, Ciencia y
Agenda Digital.
Miércoles 24 de abril de 2024
21484
tiva realización. No será admitido ningún gasto cuyo pago no pueda acreditarse conforme a
lo establecido en dicho párrafo.
Sin perjuicio de lo anterior la actuación subvencionada estará sujeta al control financiero que
proceda conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención o la justificación insuficiente de la misma llevará aparejado el reintegro en las condiciones previstas en el artículo
43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Décimo. Obligaciones del beneficiario.
REDEX asumirá con carácter general las siguientes obligaciones previstas en el artículo 13 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
y específicamente las siguientes:
a) Ejecutar las actuaciones subvencionables, en los términos establecidos en la presente
resolución, pudiendo contratar con terceros dicha ejecución, ajustándose, en su caso,
a los requisitos previstos en el apartado 3 del artículo 33 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Aun habiendo sido acreditado con carácter previo a la presente Resolución, REDEX debe
acreditar con carácter previo a cada uno de los pagos que se encuentra al corriente en
el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado, la Hacienda
autonómica y frente a la Seguridad Social, siempre que conste en el procedimiento el
consentimiento expreso de REDEX para la comprobación de oficio por parte de la Dirección General de Agenda Digital, y no siendo así, deberán aportarse dichos documentos
por parte de dicha entidad.
c) Comunicar a la Dirección General de Agenda Digital la percepción, en su caso, de otras
subvenciones concedidas para la misma finalidad por otras Administraciones públicas o
entes públicos o privados.
d) Facilitar la información relativa a la gestión de las actividades subvencionables que demande la Dirección General de Agenda Digital de la Consejería de Economía, Ciencia y
Agenda Digital.