Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Policías Locales. Subvenciones. (2024061287)
Resolución de 4 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones para la adquisición de la uniformidad, acreditación y el equipamiento de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el ejercicio 2024.
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NÚMERO 77
Lunes 22 de abril de 2024

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Noveno. Criterios de valoración y ponderación.
1. En los términos establecidos en el artículo 7 de la Orden de 24 de abril de 2020 para la
valoración de las solicitudes de subvención presentadas se tendrán en cuenta los siguientes
criterios objetivos con su correspondiente ponderación:
a) Tasa policial: ratio de número de efectivos de policía local por cada mil habitantes
(máximo 4 puntos):


— De 0 a 0,50 ..................................................... 0,5 puntos.



— De 0,51 a 1,00 ..................................................... 1 punto.



— De 1,01 a 1,50 ..................................................... 1,5 puntos.



— De 1,51 a 2,00 ..................................................... 2 puntos.



— De 2,01 a 2,50 ..................................................... 3 puntos.



— Superior a 2,50 ..................................................... 4 puntos.
Para el cómputo de dicha tasa se tendrá en cuenta lo siguiente:



— Se tomarán en consideración los datos a la fecha de publicación en el Diario Oficial
de Extremadura de esta resolución de convocatoria.



— Los efectivos que se encuentren en situación de “comisión de servicio” serán computados como efectivos de la entidad local de destino, y no de la entidad local de
origen.



— Se computará el personal que ya haya obtenido el nombramiento como “funcionario
o funcionaria en prácticas”.

— 
No se computará el personal que se encuentre en situación administrativa de
“excedencia”.
b) La obtención de la condición de beneficiaria con esta misma finalidad, en cualquiera de
las modalidades referidas en el artículo 2 de la Orden de 24 de abril de 2020, en los
diez ejercicios económicos naturales anteriores a la presente convocatoria (máximo 5
puntos):


— Haber percibido un importe superior a 30.000 euros ...................... 0 puntos.