Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Policías Locales. Subvenciones. (2024061287)
Resolución de 4 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones para la adquisición de la uniformidad, acreditación y el equipamiento de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el ejercicio 2024.
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NÚMERO 77
Lunes 22 de abril de 2024

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— 220050000 G/116A 46000, correspondiente a transferencias corrientes, por un importe
de 60.000 euros, para atender los gastos de la MODALIDAD “A” (Uniformidad).
— 220050000 G/116A 76000, correspondiente a transferencias de capital, por un importe
de 50.000 euros, para atender los gastos de la MODALIDAD “B” (Medios Técnicos).
2. Estas cuantías iniciales podrán verse incrementadas, antes de dictarse la resolución del procedimiento, en los términos establecidos en la letra h) del artículo 23.2 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Duodécimo. Plazo de resolución y notificación.
1. E
 l plazo máximo para resolver y notificar los procedimientos de subvención es de tres meses a contar desde la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario oficial
de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 4/2022, de 27
de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura. Transcurrido el
plazo máximo para resolver sin haber sido dictada y notificada resolución expresa, legitima a las entidades locales interesadas para entender desestimada su solicitud por silencio
administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.5 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en concordancia
con el artículo 25.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
2. Frente a la resolución expresa, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante el órgano que dicta la presente resolución o el órgano competente
para resolverlo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de notificación de
la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en
relación con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de la Administraciones Públicas.
Decimotercero. Medios de notificación o publicación.
1. L
 a resolución del procedimiento que se adopte será publicada en el Diario Oficial de Extremadura, surtiendo dicha publicación los efectos propios de la notificación de conformidad
con lo establecido en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Asimismo, la resolución adoptada se publicará en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura.