Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2024061321)
Resolución de 26 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos técnicos de ciudades saludables y sostenibles desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2024.
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NÚMERO 77
Lunes 22 de abril de 2024

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3. La justificación de la subvención se realizará mediante la siguiente documentación:
A) Para justificar el primer pago del 50%:
1º. Gastos del personal técnico:


— Nóminas: Se adjuntarán copias de las nóminas del personal técnico responsable del
programa, así como copia del justificante de movimiento bancario o cargo en cuenta.



— IRPF: Se justificará su abono mediante la presentación de copia del Modelo 111 de
IRPF, así como de la copia del justificante de movimiento bancario o cargo en cuenta.



— Seguridad Social: Se justificará mediante la presentación de copia de los modelos
RNT (Relación Nominal de Trabajadores) y RLC (Recibo de Liquidación de Cotizaciones), así como de la copia del justificante de movimiento bancario o cargo en cuenta.

2º. Gastos de desplazamiento del personal técnico:


— Según modelo establecido en el anexo III de esta resolución, debidamente cumplimentado.

3º. Justificación de actividades desarrolladas del programa.
La justificación de las actividades desarrolladas por el personal técnico correspondientes
al primer abono de la subvención se efectuará mediante certificado emitido por la entidad
beneficiaria acompañado de una descripción detallada de cada actividad ejecutada en el
periodo que se justifica y los indicadores correspondientes cumplimentados. Dicho certificado estará suscrito por el alcalde o la alcaldesa de la entidad beneficiaria/Gerente de la
Mancomunidad, y el personal técnico responsable del desarrollo del Programa, según el
modelo anexo V de esta resolución.
B) A
 demás de la documentación detallada en el punto A.1º y 2º anteriores, para justificar el
50 % restante de la subvención se deberá añadir:
Certificado emitido por el Secretario-a/Interventor-a de la entidad beneficiaria acompañado de una memoria de las actividades desarrolladas por el personal técnico contratado
durante todo el periodo subvencionado con los indicadores debidamente cumplimentados,
en formato electrónico.
4. En el caso de que la cuantía de la subvención otorgada sea inferior a los costes del proyecto, certificado suscrito por la persona que ejerza las funciones de secretaría o persona
competente, detallando los fondos que han financiado el proyecto, su procedencia y la
aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.