Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024040044)
Decreto 29/2024, de 2 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fomentar el empleo estable y reducir los costes laborales de las empresas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 77
20960
Lunes 22 de abril de 2024
— 250.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 140130000/G/242A/47000/
CAG0000001/20080264 y CONVO/2024/0000001548.
4. E
l importe consignado en el proyecto de gastos 20230060, fondo FS21411A02, se financiará por el Fondo Social Europeo Plus, con cargo al Programa Fondo Social Europeo Plus Extremadura 2021- 2027, cofinanciado al 85%, en el marco de la Prioridad 1 “Empleo, adaptabilidad, emprendimiento y economía social”, del Objetivo específico a) “mejorar el acceso
al empleo y a medidas de activación de todos los demandantes de empleo, y en particular
de las personas jóvenes, especialmente a través de la aplicación de la Garantía Juvenil, de
los desempleados de larga duración y los grupos desfavorecidos en el mercado laboral, y
de las personas inactivas, así como mediante la promoción del empleo por cuenta propia
y la economía social” y línea de actuación 1.A.02, “Incentivos a la contratación indefinida”.
A través del Fondo Social Europeo Plus solamente se financiarán las contrataciones indefinidas a jornada completa.
5. D
e conformidad con en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las cuantías previstas en el apartado anterior
para el periodo de vigencia de la convocatoria podrán aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias.
6. D
e producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a efectuar las
modificaciones de crédito correspondientes o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias, se declarará terminado el periodo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio
de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital,
que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
Doce. Cuantía de las ayudas.
1. S
e establecen unas cuantías para contrataciones indefinidas a tiempo completo en función
de la remuneración anual bruta, incluidas las pagas extraordinarias, que se fije en el contrato de trabajo objeto de subvención según la siguiente escala:
Cuantía de las ayudas
Tramos según la remuneración anual bruta a
jornada completa
Subprograma I.a
Subprograma I.b
y Programa II
Tramo 1
Desde el Salario mínimo interprofesional
hasta 16.500 euros
6.000 euros
4.000 euros
Tramo 2
Superior a 16.500 euros y hasta 20.000
euros
7.500 euros
5.500 euros
20960
Lunes 22 de abril de 2024
— 250.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 140130000/G/242A/47000/
CAG0000001/20080264 y CONVO/2024/0000001548.
4. E
l importe consignado en el proyecto de gastos 20230060, fondo FS21411A02, se financiará por el Fondo Social Europeo Plus, con cargo al Programa Fondo Social Europeo Plus Extremadura 2021- 2027, cofinanciado al 85%, en el marco de la Prioridad 1 “Empleo, adaptabilidad, emprendimiento y economía social”, del Objetivo específico a) “mejorar el acceso
al empleo y a medidas de activación de todos los demandantes de empleo, y en particular
de las personas jóvenes, especialmente a través de la aplicación de la Garantía Juvenil, de
los desempleados de larga duración y los grupos desfavorecidos en el mercado laboral, y
de las personas inactivas, así como mediante la promoción del empleo por cuenta propia
y la economía social” y línea de actuación 1.A.02, “Incentivos a la contratación indefinida”.
A través del Fondo Social Europeo Plus solamente se financiarán las contrataciones indefinidas a jornada completa.
5. D
e conformidad con en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las cuantías previstas en el apartado anterior
para el periodo de vigencia de la convocatoria podrán aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias.
6. D
e producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a efectuar las
modificaciones de crédito correspondientes o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias, se declarará terminado el periodo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio
de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital,
que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
Doce. Cuantía de las ayudas.
1. S
e establecen unas cuantías para contrataciones indefinidas a tiempo completo en función
de la remuneración anual bruta, incluidas las pagas extraordinarias, que se fije en el contrato de trabajo objeto de subvención según la siguiente escala:
Cuantía de las ayudas
Tramos según la remuneración anual bruta a
jornada completa
Subprograma I.a
Subprograma I.b
y Programa II
Tramo 1
Desde el Salario mínimo interprofesional
hasta 16.500 euros
6.000 euros
4.000 euros
Tramo 2
Superior a 16.500 euros y hasta 20.000
euros
7.500 euros
5.500 euros