Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024040044)
Decreto 29/2024, de 2 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fomentar el empleo estable y reducir los costes laborales de las empresas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 77
Lunes 22 de abril de 2024

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Artículo 15. Identificación y firma de las entidades solicitantes.
1. L
 as entidades solicitantes podrán identificarse electrónicamente a través de cualquiera
de los sistemas previstos en el artículo 9.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 34 del
Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativo a los sistemas a través de los cuales
podrán las entidades solicitantes identificarse y autenticarse electrónicamente en la Sede
electrónica de la Junta de Extremadura.
2. L
 os sistemas de firmas admitidos a través de medios electrónicos son los establecidos en
el artículo 10.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 35 del citado
Decreto 225/2014, de 14 de octubre.
3. L
 a acreditación de su identidad se entenderá con el propio acto de la firma utilizando cualquiera de los sistemas de firmas mencionados en el apartado anterior.
4. L
 a persona representante de la entidad solicitante deberá disponer de certificado digital o
DNI electrónico que permita garantizar su identidad y realizar la firma electrónica para la
cumplimentación y tramitación de la ayuda. El uso de certificado digital o DNI electrónico
deben estar correctamente configurados y validados para su uso en sede electrónica. Si
no disponen de ellos, el certificado electrónico pueden obtenerlo en la dirección electrónica
http://www.cert.fnmt.es/ y el DNI electrónico pueden obtenerlo en la dirección electrónica
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009.
Artículo 16. Solicitud y documentación.
1. La tramitación de las solicitudes reguladas en el presente decreto, así como el acceso a
la totalidad de la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del Punto de
Acceso General Electrónico dentro de la ficha correspondiente al trámite (www.juntaex.
es./w/0684624) desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica para formular la
solicitud.
Asimismo, las entidades interesadas podrán disponer de la información relativa a la ayuda en el Servicio Extremeño Público de Empleo y en la página www.extremaduratrabaja.
juntaex.es.
2. S
 e presentará una solicitud de ayuda por cada contratación realizada.
3. L
 a solicitud, debidamente firmada por la entidad solicitante y cumplimentada en todos sus
extremos, vendrá acompañada obligatoriamente de la siguiente documentación: