Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024040044)
Decreto 29/2024, de 2 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fomentar el empleo estable y reducir los costes laborales de las empresas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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Lunes 22 de abril de 2024

tituida. Ninguna persona trabajadora sustituta podrá haber causado alta o transformación
en indefinido con fecha anterior a la persona trabajadora por la que inicialmente se solicita
subvención.
4. E
 n todo caso, la suma de los periodos de sustitución, en los que el puesto de trabajo subvencionado esté vacante durante el periodo de cumplimiento de obligaciones, no podrá
superar los 60 días naturales.
5. C
 on carácter particular, en los casos de suspensión del contrato de trabajo con baja en
Seguridad Social para las personas trabajadoras con reserva del puesto de trabajo, se
admitirán contratos de sustitución, siempre que respeten la remuneración anual bruta, incluida las pagas extraordinarias en el mismo nivel de escala, así como la jornada, bien sea
completa o parcial, de la persona trabajadora sustituida. Así mismo será exigible para dicho
trabajador sustituto el resto de los requisitos establecidos en artículo 7 y que no incurran
en las exclusiones establecidas en el artículo 8 de este decreto.
6. S
 e admitirán las sustituciones que impliquen un cambio de colectivo, programa, jornada y
nivel en la escala de remuneración anual bruta, todo ello sin perjuicio de los efectos que
dichas modificaciones pudiesen tener sobre la cuantía, tal y como se establece en el artículo 12.
Artículo 12. Cuantía de las ayudas.
1. S
 e establecen unas cuantías para contrataciones indefinidas a tiempo completo en función
de la remuneración anual bruta, incluidas las pagas extraordinarias, que se fije en el contrato de trabajo objeto de subvención según la siguiente escala:
Cuantía de las ayudas
Tramos según la remuneración anual bruta a
jornada completa

Subprograma I.a

Subprograma I.b
y Programa II

Tramo 1

Desde el Salario mínimo interprofesional
hasta 16.500 euros

6.000 euros

4.000 euros

Tramo 2

Superior a 16.500 euros y hasta 20.000
euros

7.500 euros

5.500 euros

Tramo 3

Superior a 20.000 y hasta 25.000 euros

9.000 euros

7.000 euros

Tramo 4

Superior a 25.000 y hasta 30.000 euros

10.500 euros

8.500 euros

Tramo 5

Superior a 30.000 y hasta 35.000 euros

12.000 euros

10.000 euros

Tramo 6

Superior a 35.000 euros

13.500 euros

11.500 euros