Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Protección Civil. Subvenciones. (2024061291)
Resolución de 4 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria de subvenciones dirigidas a la dotación de equipamiento y material a las agrupaciones locales de voluntariado de protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 75
Jueves 18 de abril de 2024

AUTORIZO
EXPRESAMENTE
NO AUTORIZO

AUTORIZO
EXPRESAMENTE

NO AUTORIZO

AUTORIZO
EXPRESAMENTE
NO AUTORIZO

20635

A que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo
de que la solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones
fiscales con la Hacienda del Estado.
A que el órgano gestor pueda recabar de oficio los datos que
acrediten que el solicitante se encentra al corriente de sus
obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, APORTANDO
por ello certificado que acredite que la entidad solicitante de la
ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la
Hacienda del Estado.
A que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo
de que la solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones
fiscales con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
A que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo
de que la entidad solicitante se encuentra al corriente de sus
obligaciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. APORTANDO por ello certificado
que acredite que la entidad solicitante se encuentra al corriente de
sus obligaciones fiscales con la Hacienda de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
A que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo
de que la solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones
fiscales con la Tesorería General de la Seguridad Social.
A que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo
de que la entidad solicitante se encuentra al corriente de sus
obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social.
APORTANDO certificado que acredita que la entidad solicitante
se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Tesorería
General de la Seguridad Social.

9. DOCUMENTACIÓN EN PODER DE LA ADMINISTRACIÓN ACTUANTE
A tenor de lo dispuesto en el apartado 9.3 de la Orden de 10 de junio de 2020, NO se aportan
los siguientes documentos por haber sido presentados o emitidos por la Administración:
Identificación del
DOCUMENTO

FECHA y ÓRGANO en que fue presentado o, en su caso,
emitido.