Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Del Profesorado. (2024050057)
Orden de 11 de abril de 2024 por la que se aprueba el Plan Regional de Formación Permanente del Profesorado de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al curso escolar 2023-2024.
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NÚMERO 75
Jueves 18 de abril de 2024

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— Proyectos de Formación en Centros:
La Resolución de 31 de agosto de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, convoca la selección de proyectos de formación
en centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos,
para el curso escolar 2023/2024, DOE núm. 173, de 7 de septiembre.
Las personas destinatarias son el profesorado que preste sus servicios en los niveles
educativos no universitarios y que se encuentre en situación de servicio activo desempeñando su trabajo en centros docentes no universitarios, sostenidos con fondos públicos e incluyendo, en su caso, a los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las actividades de formación se encuadran en un itinerario formativo concreto e irán
encaminadas a la adquisición de competencias profesionales docentes en el ámbito de
las buenas prácticas educativas de sus respectivas líneas formativas.
Los proyectos de formación en centros de cualquiera de las líneas deben estar basados
en las necesidades reales de cada centro o EOEP y tener como objetivo primordial el
éxito escolar de todo el alumnado.
Cada proyecto podrá estar integrado por profesorado de uno o más centros o equipos
de orientación educativa y psicopedagógica. En todo caso, la propuesta deberá ser
aprobada por el claustro de cada centro implicado o EOEP. Si el proyecto afecta a un
solo centro, éste deberá contar con, al menos, el 30% de la participación del claustro.
En el caso de proyectos conjuntos de dos o más centros, el porcentaje mínimo de participación deberá ser del 25% de cada uno de los claustros de los centros implicados.
Asimismo, cuando la propuesta sea realizada por un equipo de orientación educativa y
Psicopedagógica, éste deberá ser aprobado por el 30% de sus componentes.
Durante la fase de elaboración de los proyectos o en las dos semanas siguientes a la
publicación de su selección, en su caso, los centros podrán solicitar el asesoramiento y
la intervención del CPR de su referencia a fin de que se trabaje en colaboración entre
ambos en el desarrollo del proyecto, a la vez que ofreciendo apoyo y recursos para dinamizar la posible acción didáctica del centro.
Cada proyecto de formación seleccionado será asignado a un CPR de referencia y en el
que se designará a una asesoría de formación para su asesoramiento y seguimiento.
Además, esta persona gestionará, en colaboración con la persona encargada de la coordinación del proyecto, la formación necesaria para el desarrollo de dicho proyecto.