Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Economía Social. Subvenciones. (2024050058)
Orden de 11 de abril de 2024 de bases reguladoras de subvenciones a las entidades asociativas de la economía social y del autoempleo de Extremadura.
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NÚMERO 75

20589

Jueves 18 de abril de 2024



5.2 TRABAJOS DE COLABORACIÓN CON LAS ADMINISTRACIONES
(Máximo 4 puntos)

Pacto, Plan, Estrategia o asimilable:
Administración responsable:
Pacto, Plan, Estrategia o asimilable:
Administración responsable:
Pacto, Plan, Estrategia o asimilable:
Administración responsable:
Pacto, Plan, Estrategia o asimilable:
Administración responsable:



5.3 VOLUMEN DE AFILIACIÓN
(Máximo 4 puntos)

Nº personas (físicas o jurídicas) asociadas:



5.4 PARTICIPACIÓN DE LA MUJER EN LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO
(Máximo 5 puntos)
Porcentaje mujeres en órgano de gobierno:



5.5 PLANTILLA LABORAL DE LA ENTIDAD
(Máximo 15 puntos)
(Aportar certificado de vida laboral de la entidad)
Personas contratadas a tiempo completo:
Personas contratadas a tiempo parcial:
Nº mujeres:
6. NÚMERO DE CUENTA PARA ABONO DE LA SUBVENCIÓN

ENTIDAD FINANCIERA:
IBAN

ENTIDAD

SUCURSAL

D.C.

NUMERO DE CUENTA

*Cuenta activa en el Sistema de Terceros de la Junta de Extremadura. En el caso de no estar activa o quiera proceder a
una nueva alta, por favor proceda a su alta a través del trámite “Alta de Terceros” en la Sede Electrónica de la Junta de
Extremadura: https://sede.gobex.es/SEDE/privado/ciudadanos/exterior.jsf?cod=5145

7. DECLARACIÓN RESPONSABLE
Como representante de la entidad arriba identificada, con poder para solicitar la subvención y atender los trámites de
la misma, DECLARO RESPONSABLEMENTE:
PRIMERO:

Que son ciertos los datos expresados en la solicitud por la que se solicita la subvención, que los
datos obrantes en los documentos aportados están vigentes a fecha actual y que se cumplen los
requisitos establecidos en las bases reguladoras.

SEGUNDO:

Que la subvención solicitada se destinará a la financiación de los gastos de la entidad, de
conformidad con lo establecido en el artículo 9 de las bases reguladoras.

TERCERO:

Que ACEPTO la subvención que, una vez instruido el procedimiento, pueda ser concedida y
las obligaciones que de ello se derivan.

CUARTO:

Que no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 12 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que impiden
obtener la condición de beneficiarios.