Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061283)
Resolución de 8 de abril de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de casa rural, cuyo promotor es Martín Calle Gutiérrez, en el término municipal de Santibáñez el Bajo (Cáceres). Expte.: IA23/263.
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NÚMERO 73
Martes 16 de abril de 2024

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Alternativa 3. Construcción de unidades de alojamiento con cabida para dos huéspedes,
para favorecer la privacidad, no considerándolo como opción final dado, que se pretende que la edificación quede enfocada a un público más amplio, como grupos o familias.
Alternativa elegida. El promotor ha elegido la alternativa 1, indicando que la localización, donde se pretende ejecutar el proyecto, se considera que causará un menor impacto, tanto por la topografía del terreno como por su proximidad al acceso existente.
Asimismo, que no se va a alterar la configuración del terreno existente actualmente,
únicamente para conectar los caminos con las edificaciones y los movimientos de tierra
correspondientes a las cimentaciones necesarias (no se llevarán a cabo grandes trabajos de movimiento de tierra). Además, la volumetría propuesta está controlada, en
tanto que, las alturas que se pretenden, suponen poco impacto visual mientras que el
tratamiento de fachadas y cubierta mediante materiales tradicionalmente utilizados en
construcciones rústicas, permiten la máxima integración con el medio. No se elimina
ninguna especie arbórea, respetando todos los pies forestales existentes y no se construirán infraestructuras a menos de 3 metros de distancia de ningún árbol.
3.3. Características del potencial impacto.



— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
El presente proyecto no se encuentra incluido dentro de la Red de Áreas Protegidas
de Extremadura, informando el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas, que la actividad solicitada, no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan las
medidas indicadas.




— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
Según la Confederación Hidrográfica del Tajo las parcelas se encuentran dentro
del área de captación de la zona sensible “Embalse de Valdeobispo–ES030ZSENESCM556”, próximas del arroyo Pizarroso y no se asientan sobre masas de agua
subterránea. La casa rural se situará a unos 250 metros de dicho arroyo.



El suministro de agua se realizará desde pozo de sondeo, indicando el Organismo de
cuenca, que, para realizar el abastecimiento de aguas directamente del dominio público hidráulico (aguas superficiales y/o subterráneas), deberá disponer de un título
concesional de aguas previo al empleo de las mismas, cuyo otorgamiento corresponde a la Confederación Hidrográfica del Tajo y es a quién también deberá solicitarse.
En caso de que se posea un título concesional en vigor y se pretendiese efectuar una
variación de lo recogido en el mismo (como por ejemplo: empleo de mayores volú-