Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Política Agraria Comunitaria. Ayudas. (2024061301)
Resolución de 11 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se establece el régimen de flexibilidades en relación con las ayudas previstas en el Plan Estratégico de la Política Agraria Común, así como disposiciones de carácter técnico.
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Martes 16 de abril de 2024

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comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la
solicitud única del sistema integrado de gestión y control, incorpora determinadas flexibilidades a los requisitos de los eco regímenes, que permiten a las autoridades competentes fijar,
en determinados supuestos, excepciones o reducciones de tales exigencias, flexibilizando, por
tanto, su cumplimiento en atención a determinadas circunstancias que lo hagan necesario.
Las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas hicieron uso de estas flexibilidades de forma extendida en la Solicitud Única de 2023 con motivo de la sequía. Teniendo en
cuenta la aplicación generalizada de algunas de estas flexibilidades, se ha considerado oportuno adaptar el plan estratégico para dar una continuidad y estabilidad a las mismas por lo que
se espera que sean de aplicación de forma permanente a partir de la Solicitud Única 2025.
Los estudios de recursos disponibles nos dicen que la situación vivida este último año en
Extremadura es previsible y se va a seguir produciendo periódicamente. Los modelos de predicción coinciden en indicar que se van a producir los efectos negativos de la acumulación de
los gases de efectos invernadero de todas las dimensiones analizadas: temperatura, precipitaciones o duración, frecuencia e intensidad de los periodos secos etc.
En este sentido, es notorio el hecho de que para Extremadura el índice de precipitación estandarizado indicaba una situación de sequía meteorológica tanto si se tomaba como índice
de referencia el último año como si se extendía su determinación a un periodo de tres años.
Esto tiene efectos muy negativos desde el punto de vista social y económico de la Comunidad Autónoma dada la dependencia que tiene nuestra economía del sector primario y de la
Industria agroalimentaria.
En este contexto, resulta conveniente la adopción de determinadas flexibilidades para la Solicitud Única 2024, con el objetivo de dotar de seguridad jurídica a los agricultores y ganaderos
y evitar una discontinuidad de determinadas normas para aquellas decisiones de planificación
de los cultivos y producciones que todavía pueden realizar los agricultores.
A su vez, debe tenerse en cuenta la facultad atribuida a esta Dirección General por la disposición final primera de la Orden de 20 de febrero de 2023, modificado por Orden de 18
de enero de 2024, por la que se regulan las especialidades de la solicitud única de ayudas
en la Comunidad Autónoma de Extremadura y de los procedimientos derivados de la ayuda
básica a la renta para sostenibilidad, otros pagos directos a la agricultura, la aplicación del
programa de Desarrollo Rural, la actualización de los registros de Explotaciones Agrarias de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, de Operadores Productores integrados, General de la
producción agrícola de ámbito nacional y de Operadores productores integrados, General de
la producción agrícola de ámbito nacional y de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias
de Producción Ecológica, en orden a los cambios técnicos que se produzcan en la normativa y
ámbito del derecho de la Unión Europea básico, estatal y autonómico.