Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. (2024061292)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la selección de centros de formación en prácticas para el desarrollo de las prácticas externas de las titulaciones de Grado en Educación Infantil y Grado en Educación Primaria y se establecen los requisitos para la selección de los centros de formación en prácticas y del profesorado participante.
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Lunes 15 de abril de 2024

Por ello, se hace necesario disponer de una red de centros colaboradores y de tutorías de las
prácticas, así como establecer los procedimientos para que el profesorado conozca el plan de
prácticas externas que van a desarrollar los estudiantes de grado en Educación Infantil y gra­
do en Educación Primaria, reciban unas orientaciones específicas para el mejor desempeño de
su función y obtengan el merecido reconocimiento por esta tarea desarrollada en coordinación
con el profesorado universitario.
La Orden de 9 de octubre de 2020 (DOE núm. 201, de 16 de octubre), regula el desarrollo de
las prácticas externas de las titulaciones de grado en Educación Infantil y grado en Educación
Primaria y se establecen los requisitos para la selección de los centros de formación en prác­
ticas y del profesorado participante (DOE núm. 201, de 16 de octubre),
En su virtud y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento
jurídico,
RESUELVO:
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente resolución tiene por objeto convocar, en el ámbito de competencia de la Conse­
jería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, el desarrollo de las prácticas externas
de las titulaciones de grado en Educación Infantil y grado en Educación Primaria. Asimismo,
es objeto de la misma establecer los requisitos para la selección de los centros de formación
en prácticas externas y del profesorado de las tutorías del alumnado en prácticas externas.
2. La presente resolución será de aplicación en los centros sostenidos con fondos públicos que
impartan las enseñanzas de Educación Infantil y de Educación Primaria de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Segundo. Contenido de colaboración de las prácticas externas.
1. Para la realización de estas prácticas, tendrá prioridad el alumnado que curse los estudios
en el grado de Educación Infantil y grado de Educación Primaria en la Universidad de Ex­
tremadura, a cualquier otra universidad.
Por ello, la disponibilidad de centros educativos para el alumnado extremeño que cursa sus
estudios de grado en Educación Infantil y/o grado en Educación Primaria en otras Comu­
nidades Autónomas, se valorará una vez se determine la adjudicación de estos centros al
alumnado que cursa los citados grados en el sistema universitario extremeño.
2. 
La Universidad de Extremadura o, en su caso, aquellas universidades y/o fundaciones
que hayan suscrito o suscriban el convenio de cooperación educativa con la Consejería de