Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Expropiaciones. (2024040048)
Decreto 33/2024, de 9 de abril, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de "Vía ciclista interurbana y acerado peatonal entre Don Benito y Villanueva de la Serena".
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Lunes 15 de abril de 2024

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La elección del procedimiento de urgencia en lugar del procedimiento ordinario obedece,
pues, a razones argumentadas, justificadas y coherentes que priman una serie de factores
como el interés general, el riesgo de accidentalidad y la seguridad vial, teniendo en cuenta
que hoy en día, la movilidad sostenible de las personas deviene una necesidad. Con ello se
lograría dar solución a los problemas de seguridad vial actuales que ponen en peligro la integridad de personas y bienes. Y, además, se cumpliría con la planificación aprobada con la
UE, al tratarse de una actuación financiada por el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia de la Unión Europea.
A lo anterior, hay que sumar unos aspectos específicos que motivan la urgente ocupación de
los terrenos en el ámbito del área afectada. Son los siguientes:
1. H
 abilitar la conexión en condiciones de seguridad de peatones y ciclista en la conexión
entre Don Benito y Villanueva de la Serena que garantice la accesibilidad y conectividad de
estas localidades.
2. I ncremento del flujo de peatones y usuarios de vehículos de movilidad personal al crear un
itinerario atractivo, con una conexión rápida, directa y segura, favoreciendo una movilidad
activa y saludable.
3. P
 otenciar la movilidad urbana sostenible para minimizar el impacto del transporte interurbano en el medio ambiente para mejorar la calidad de vida y la salud de los habitantes de
las ciudades mientras satisface de manera eficiente las necesidades de transporte entre
una población y otra.
4. M
 inimizar los desplazamientos en vehículo privado y favorecer la movilidad sostenible con
modos no motorizados.
5. R
 educción de los desplazamientos en vehículos particulares, lo que disminuirá la emisión
de gases de efecto invernadero, contribuyendo de forma significativa a las ZBE de la zona.
6. L
 a construcción de esta infraestructura va a permitir la reducción de los tiempos de viajes
y de los atascos, la congestión y el ruido, uno de los principios básicos de la movilidad urbana sostenible.
7. D
 icha infraestructura tiene un potencial de uso muy elevado, debido al gran número de
personas que se desplazan diariamente entre ambos municipios.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, previa
deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 9 de abril de 2024,