Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024061232)
Resolución de 2 de abril de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se resuelve la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada de la planta de tratamiento de residuos de CRM Synergies, SL, ubicada en el término municipal de Robledollano (Cáceres). Expte.: AAINS24/001.
5 páginas totales
Página
NÚMERO 70
Jueves 11 de abril de 2024

19950

La solicitud de modificación no sustancial descrita es considerada por CRM Synergies, SL,
como modificación no sustancial de la AAI de su instalación, de acuerdo a los criterios señalados en el artículo 10.4 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, en el artículo 14 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba
el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de
prevención y control integrados de la contaminación por el que se aprueba el Reglamento de
Emisiones Industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, el artículo 20 de la Ley 16/2015, de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el artículo
30 del Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Las actuaciones
descritas no aumentan la capacidad de producción de la fábrica, no supone nuevas construcciones, no se producen variaciones en el consumo de agua y energía empleando los residuos
por la vía solicitada, no genera residuos derivado del proceso productivo, no generan vertidos
ni altera las emisiones a la atmósfera, y no contempla un incremento significativo de los riesgos de accidentes por el manejo de este residuo.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para la resolución de la autorización ambiental integrada
del proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.6 del Decreto
77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Esta actividad está sujeta a disponer de autorización ambiental integrada por estar
incluida en el ámbito de aplicación del Real Decreto1/2016, de 16 de diciembre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación,
en particular en las categorías:
— 2.5.b del anexo I relativa a instalaciones para la fusión de metales no ferrosos, inclusive
la aleación, así como los productos de recuperación y otros procesos con una capacidad
de fusión de más de 4 toneladas para el plomo y el cadmio o 20 toneladas para todos
los demás metales, por día.
— 5.1.b del anexo I relativa a instalaciones para la valorización o eliminación de residuos
peligrosos, con una capacidad de más de 10 toneladas por día que realicen una o más
de las siguientes actividades: tratamiento físico-químico.
Tercero. Conforme a lo establecido en los artículos 11 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se somete a autorización
ambiental integrada la explotación de las instalaciones en las que se desarrolle alguna de las
actividades incluidas en el anexo I de esta ley, con excepción de las instalaciones o partes de