Fundación Jóvenes Y Deporte. Premios. (2024080518)
Anuncio de 4 de abril de 2024 sobre las bases reguladoras de la convocatoria de los V Premios "Diputación Contigo" de la Fundación Jóvenes y Deporte.
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NÚMERO 70
Jueves 11 de abril de 2024

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puntuación alcanzada en aplicación de los criterios y subcriterios de valoración estipulados
en la base sexta; la modalidad deportiva, los resultados deportivos y académicos, en el
caso de los Premios “Diputación Contigo Talento” y “Extremadura Impulsa”, o la denominación del proyecto realizado, en el caso de los Premios “Diputación Contigo Singulares”; así
como la categoría e importe a conceder a aquellas candidaturas que se propone premiar,
todo ello de aplicación para las tres modalidades de premios.
5. La Fundación Jóvenes y Deporte se asegurará de que las candidaturas presentadas acepten
previamente el premio en caso de que les sea otorgado. Las candidaturas premiadas, al
aceptar el mismo, deberán comprometerse, durante el año en curso y el inmediatamente
posterior, a:
a. Asistir personalmente al acto de entrega y a participar en las actividades y actos organizados por la Fundación en el marco del citado programa y/o aquellos que estén relacionados con los objetivos de este.
b. P
 restar su imagen a la Fundación Jóvenes y Deporte, a las Diputaciones Provinciales
de Badajoz y Cáceres, a la Junta de Extremadura y a las entidades patrocinadoras y
colaboradoras, para actos o actuaciones oficiales, protocolarias, de comunicación, publicitarias, etc., relacionadas con el presente programa de premios, salvo que la persona,
grupo de personas o entidad beneficiaria tuvieran suscrito un contrato de patrocinio en
el que cedan su imagen con carácter exclusivo o entre en conflicto con otros patrocinios,
debiendo acreditarlo convenientemente y a criterio de la Fundación
Se entenderá que las candidaturas premiadas que, salvo causa justificada y a criterio de
la Fundación, manifiesten su intención de no cumplir con alguno de los compromisos estipulados en las presentes bases, o de hecho no lo hagan, renuncian al premio, pudiendo
solicitar la Fundación y bajo su criterio, el reintegro total o parcial de la cuantía económica
abonada, en el caso de que el importe del mismo haya sido satisfecho con anterioridad al
incumplimiento.
6. A
 lguno o algunos de los premios, categorías y/o modalidades pueden declararse desiertos
en ausencia de candidaturas suficientes o en el caso de que el jurado estime que no existen
personas o entidades candidatas adecuadas para el otorgamiento de los mismos, debiendo
motivarse razonadamente.
7. E
 n el caso de que alguna candidatura ganadora no aceptara el premio, este será ofrecido a la que quede en siguiente lugar, y así sucesivamente y de manera correlativa hasta
completar el número máximo de candidaturas premiadas en base a lo establecido en la
presente base tercera, punto 3. En caso de empate, se procederá tal y como se estipula
en el citado punto.