Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. (2024050052)
Orden de 27 de marzo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos audiovisuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 69
Miércoles 10 de abril de 2024

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— Más del 20% hasta el 30% y 70% hasta menos del 80%: 3 puntos.
— Más del 10% hasta el 20% y 80% hasta menos del 90%: 2 puntos.
— Más del 0% hasta el 10% y 90% hasta menos del 100%: 1 punto.
4. Aquellas solicitudes que no obtengan un mínimo de 20 puntos entre el segundo y tercer
apartado serán excluidas de la convocatoria.
Artículo 14. Órganos de ordenación, instrucción y valoración.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción de los expedientes será el órgano
directivo con competencias en materia de promoción cultural.
2. E
 l órgano de instrucción realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para
la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe
formalizarse la propuesta de resolución.
3. L
 as solicitudes y documentación presentadas serán valoradas por una Comisión de Valoración compuesta por:
a) Presidencia: Titular del Servicio competente en materia de promoción cultural, o persona en quien delegue.
b) Vicepresidencia: titular de la Dirección de Medios Audiovisuales y la Filmoteca de Extremadura, o persona en quien delegue.
c) Vocalías:


— Tres profesionales técnicos en la materia, designados por la persona titular del órgano competente en materia de promoción cultural.



— Secretaría: Una persona empleada pública que designe la persona titular del órgano
competente en materia de promoción cultural entre personal que preste servicios en
el órgano directivo competente en materia de cultura de la Junta de Extremadura, o
persona en quien delegue.

La designación de los miembros de la Comisión de valoración deberá publicarse en el Diario
Oficial de Extremadura por resolución del titular del órgano directivo con competencias en
materia de promoción cultural de la Junta de Extremadura con anterioridad al inicio de las
actuaciones.