Servicio Extremeño De Salud. Libre Designación. (2024061199)
Resolución de 27 de marzo de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca, mediante el sistema de libre designación, la provisión de un puesto de trabajo de Jefe de Sección de carácter asistencial de Atención Especializada del Servicio Extremeño de Salud, en el Área de Salud de Plasencia.
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NÚMERO 67
Lunes 8 de abril de 2024

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39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En todo caso, la resolución a la que se refiere el apartado anterior establecerá un plazo de
diez días hábiles para que los participantes excluidos provisionalmente puedan subsanar
los defectos que motivaron su exclusión respecto de la documentación preceptiva que
debe acompañarse a la solicitud, de conformidad con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Quienes no subsanen los defectos dentro del plazo señalado, justificando su derecho
a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso.
4.3. Transcurrido el plazo de subsanación, la Dirección General de Recursos Humanos del
Servicio Extremeño de Salud publicará mediante resolución, en los mismos lugares de
exposición de la relación provisional, la relación definitiva de los concursantes admitidos
y excluidos.
Quinta. Comisión de Valoración.
5.1. Las solicitudes y méritos serán valorados por la Comisión de Valoración nombrada al
efecto en el anexo VIII de la convocatoria.
Podrán estar presentes como observadores en las sesiones de la Comisión de Valoración,
un representante de las centrales sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad.
Todos los miembros de la Comisión de Valoración, excepto el Presidente, tienen un suplente designado de igual forma que el titular.
5.2. La Comisión no podrá constituirse ni actuar sin la presencia del Presidente y el Secretario
o de quienes, en su caso, los sustituyan, y de la mitad al menos de sus miembros.
Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de intervenir cuando concurran alguna
de las circunstancias previstas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, debiendo comunicarlo en su caso a la Dirección
Gerencia del Servicio Extremeño de Salud. Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el
artículo 24 del referido texto legal, los participantes podrán promover recusación en
los casos previstos en el párrafo anterior, en cualquier momento de la tramitación del
procedimiento.
A efectos de comunicación y demás incidencias las Comisiones de Valoración, tendrán su
sede en los Servicios Centrales del Servicio Extremeño de Salud.