Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061211)
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Servicio Extremeño de Salud, y la empresa Sevibe Cells, para la extracción y entrega de sangre de cordón umbilical con destino a uso autólogo o alogénico familiar.
14 páginas totales
Página
NÚMERO 67

19291

Lunes 8 de abril de 2024

en nombre y representación de la Entidad Mercantil FAMICORD SUISSE, SA, empresa filial de
PBKM en Polonia y que se ubica en c/o Studio Fiduciario Pagani SA, Corso Pestalozzi, 3 Plazzo
Ransila, 2 6900 Lugano Suiza, en virtud de la documentación apostillada a tal efecto ante el
Notario Público en Lugano, Patric A. Pellegatta el 31 de mayo de 2022.
FAMICORD SUISSE es una entidad debidamente constituida e inscrita el día 13 de Diciembre
de 2007 en Registro de Comercio del Cantón del Tesino (Suiza) con IDE CHE-113.983.891 y
con domicilio en c/o Studio Fiduciario Pagani, SA, Corso Pestalozzi, 3 Plazzo Ransila, 2 6900
Lugano Suiza. En adelante, FAMICORD SUISSE.
EXPONEN
Primero. El Servicio Extremeño de Salud es un Organismo Autónomo de carácter administrativo creado por la Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura, adscrito a la
Consejería competente en materia sanitaria de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el
cumplimiento de sus fines, disponiendo de tesorería propia y facultades de gestión del patrimonio afecto.
El Servicio Extremeño de Salud, según el Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se
aprueban sus estatutos, según artículo 2, del Anexo I, tiene como funciones, entre otras, la
planificación, organización, dirección y gestión de los centros y de los servicios sanitarios adscritos al mismo, y que operen bajo su dependencia orgánica y/o funcional; así mismo realizará esas mismas funciones en cuanto a la gestión de los recursos humanos, materiales y financieros que le estén asignados para el desarrollo de las funciones que tenga encomendadas.
Segundo. En nuestra Comunidad Autónoma tienen participación acreditada para la extracción de sangre de cordón umbilical, entre otras maternidades, la del Hospital de Don Benito/
Villanueva de la Serena.
Tercero. Que existen mujeres gestantes que desean que la sangre sea extraída para su recogida y almacenamiento, con el fin de tener la posibilidad de llevar a cabo su uso autólogo
o alogénico familiar en el futuro, y que por ello optan por que la sangre del cordón umbilical
sea extraída para su recogida y almacenamiento en una entidad privada acreditada por la
autoridad sanitaria competente.
Que Doña María *** ***, mayor de edad, DNI ***7273**, ha presentado escrito al Director
Gerente del SES, solicitando la suscripción de un Convenio con la empresa SEVIBE CELLS, SL,
al objeto de que se permita la extracción y entrega de la sangre del cordón umbilical en la
maternidad del Hospital de Don Benito-Villanueva, Badajoz.