Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Teatro. Danza. Música. Ayudas. (2024061204)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Secretaría General, sobre convocatoria de ayudas a las agrupaciones profesionales de teatro, música y danza de Extremadura para la realización de actuaciones o giras fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2023.
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NÚMERO 67
Lunes 8 de abril de 2024

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6. I nforme de realización de gira debidamente firmado por el representante, de conformidad
con el anexo que se establece en la convocatoria, en el que se detalle:
1)  Título y autor de la/s obra/s realizada/as.
2)  Número de actuaciones para las que solicita la ayuda.
3)  Caché por actuación, con el desglose general de gastos (transporte, sueldos, dietas....).
7. M
 emoria artística, debidamente firmada por el representante de la compañía o agrupación en
los últimos dos años. Para las nuevas agrupaciones profesionales de teatro, música y danza
constituidas conforme a la legislación mercantil aplicable formadas en el 2021, esta memoria
se referirá a los miembros que la conformen.
8. Copia de la/s factura/s emitida/s por la/s actuación/es realizada/s y/o contrato para la realización de las mismas acompañado del documento acreditativo del ingreso por taquilla a
favor de la empresa solicitante en el caso de que sólo existan estos ingresos por taquilla.
9. C
 opia del documento justificativo de realización de la actuación.
Noveno. Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en la presente convocatoria se
tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica.
2. Las solicitudes se valorarán y seleccionarán atendiendo a los criterios de evaluación previstos
en la presente resolución de convocatoria.
3. Para el caso de que la cuantía de las cantidades a subvencionar supere el importe global
máximo destinado a las subvenciones, se aplicará la excepción prevista en el párrafo segundo del artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura prorrateando las cuantías en la forma prevista en el artículo 10.5
del Decreto 83/2012, de 18 de mayo, así como el punto 5 del apartado siguiente de la presente convocatoria.
Décimo. Financiación y cuantía de las ayudas.
1. L
 a cuantía de los créditos totales destinados a la financiación será de doscientos mil euros (200.000 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 150020000
G/273B/470.00/20001162/ CAG0000001 de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.