Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Teatro. Danza. Música. Ayudas. (2024061204)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Secretaría General, sobre convocatoria de ayudas a las agrupaciones profesionales de teatro, música y danza de Extremadura para la realización de actuaciones o giras fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2023.
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NÚMERO 67
Lunes 8 de abril de 2024

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Autónoma de Extremadura, de espectáculos o conciertos, durante el año 2023, con el fin de
fomentar y hacer competitivo el trabajo de estos profesionales extremeños.
Segundo. Régimen Jurídico.
1. Las ayudas convocadas se regirán por lo previsto en el Decreto 83/2012, de 18 de mayo, por
el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las agrupaciones profesionales de
teatro, música y danza de Extremadura por la realización de actuaciones o giras fuera de la
Comunidad y se realiza la primera convocatoria (DOE núm. 99, de 24 de mayo), modificado
por Decreto 111/2016, de 26 de julio (DOE núm. 147, de 1 de agosto), por lo establecido
en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo igualmente de aplicación las disposiciones de carácter básico contenidas en
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y demás normativa básica
de desarrollo.
2. Las ayudas se sujetan a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 2023/2831 de la Comisión,
de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
Tercero. Beneficiarios.
Podrán acceder al régimen de ayudas previstas en la presente convocatoria:
— Las agrupaciones profesionales de teatro, música y danza, constituidas conforme a la
legislación mercantil aplicable, que se encuentren establecidas en cualquier Estado Miembro del Espacio Económico Europeo (EEE), al menos con una antigüedad de dos años o
que acrediten haber producido al menos dos espectáculos en los últimos dos años, en
ambos casos, a 31 de diciembre del 2023.
— Las agrupaciones profesionales de teatro, música y danza constituidas conforme a la
legislación mercantil aplicable, que se hayan constituido en el año 2022 y cuyos componentes tengan una actividad profesional acreditada mediante la participación en producciones teatrales, de danza y de música, en los tres años anteriores a la formación de la
empresa.
— En caso de Uniones Temporales de Empresas, los criterios expresados en los puntos anteriores de este apartado, serán de aplicación a las que individualmente las compongan.
Cuarto. Requisitos de los beneficiarios.
Los solicitantes de las ayudas deberán además cumplir los siguientes requisitos: