Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061175)
Resolución de 24 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Mejora del abastecimiento a Campillo de Deleitosa (Cáceres)", cuya promotora es la Secretaría General de Desarrollo Sostenible, Coordinación y Planificación Hídrica. Expte.: IA23/1123.
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Viernes 5 de abril de 2024

Además, también se indica que en ningún caso se autorizarán dentro del dominio público
hidráulico la construcción, montaje o ubicación de instalaciones destinadas albergar personas, aunque sea con carácter provisional o temporal, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 51.3. del RDPH.
Zona de servidumbre y zona de policía:
Toda actuación que se realice en zona de policía (banda de 100 metros colindante con terrenos de dominio público hidráulico) deberá atender a los indicado en el artículo 9 del RDPH.
Además, se indica que la zona de servidumbre (banda de 5 metros colindante con terrenos
de dominio público hidráulico) deberá ser respetada, según se establece en el artículo 6 del
TRLA y en el artículo 7 del RDPH.
Según se establece en el artículo 6.2 del TRLA, estas zonas podrán ampliarse cuando se dé
alguna de las causas señaladas en el citado artículo.
Autorizaciones y visor SNCZI:
Las solicitudes de autorizaciones de actuaciones en zonas de dominio público hidráulico y
en zonas de policía pueden obtenerse en el apartado Servicios al Ciudadano

□ Tramita-

ciones de la página web de la Confederación Hidrográfica del Tajo, cuyo enlace se muestra
a continuación, en donde además pueden obtenerse otro tipo de solicitudes, información
general, etc.: http://www.chtajo.es/Servicios/Tramitaciones/Paginas/default.aspx
Por último, se indica la existencia de un visor que puede ser útil, se trata del visor del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI, http://sig.mapama.es/snczi/),
que permite la visualización del dominio público hidráulico, zona de servidumbre y zona de
policía (así como la visualización de la cartografía de zonas inundables, mapas de riesgo,
mapas de peligrosidad, etc.) en aquellos tramos de cauces en donde se han realizado estudios oficiales por el Ministerio y los aportados por las comunidades autónomas, existiendo
otros tramos en donde aún no se han realizado dichos estudios y, por lo tanto, en estos
últimos no se puede visualizar lo anterior.
Se ha efectuado consulta en el visor del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI), https://sig.mapama.es/snczi/ , observándose la inexistencia de estudios
oficiales relativos a dominio público hidráulico, zona de flujo preferente o Áreas de Riesgo
Potencial Significativo de Inundación en el ámbito de actuación.
Masas de agua subterránea.
A pesar de que las actuaciones no se asienten sobre masas de agua subterránea, se indica
que han de ser protegidas, en cualquier caso. Por lo tanto, se significa que en la puesta