Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061175)
Resolución de 24 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Mejora del abastecimiento a Campillo de Deleitosa (Cáceres)", cuya promotora es la Secretaría General de Desarrollo Sostenible, Coordinación y Planificación Hídrica. Expte.: IA23/1123.
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NÚMERO 66
Viernes 5 de abril de 2024

19190

— La Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia, Sección
de Vías Pecuarias, informa que el proyecto no afecta a ninguna de las vías pecuarias
clasificadas en el citado término municipal.
— La Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural realiza las siguientes
recomendaciones:
Dada la presencia de yacimientos en las proximidades del proyecto, la extensión de
las actuaciones, y con objeto de caracterizar posibles afecciones del proyecto sobre el
patrimonio arqueológico no detectado en superficie que pudiera verse afectado durante
el transcurso de las obras, se deberán llevar a cabo las siguientes medidas preventivas,
con carácter previo a la ejecución de las obras:


• Realización de una prospección arqueológica intensiva que será llevada a cabo sobre
el área objeto del proyecto. Esta prospección arqueológica, se limitará exclusivamente a los trazados de líneas y/o cortafuegos considerados como de nueva apertura o
ampliación de las existentes, y todas aquellas obras asociadas (balsas, caminos, etc.)
que conlleven algún tipo de remoción del terreno bajo cota de rasante natural del
terreno. Del mismo modo, esta intervención arqueológica deberá ser llevada a cabo
por técnicos especializados en toda la zona de afección, así como áreas de servidumbres, zonas de paso para maquinaria, acopios y préstamos para localizar, delimitar y
caracterizar los yacimientos arqueológicos, paleontológicos o elementos etnográficos
que pudieran localizarse a tenor de estos trabajos. La finalidad de estas actuaciones
previas será determinar con el mayor rigor posible la afección del proyecto respecto
a los elementos patrimoniales detectados.



• Una vez realizada está prospección arqueológica será remitido informe técnico preceptivo a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural con copia, en su caso, al organismo que tuviera delegada esas competencias en función del
ámbito de actuación de la actividad. En el caso de que estos trabajos confirmaran la
existencia de restos arqueológicos que pudieran verse afectados por las actuaciones
derivadas del proyecto de referencia, el informe incluirá obligatoriamente una primera
aproximación cronocultural de los restos localizados y se definirá la extensión máxima
del yacimiento en superficie.



• Una vez recibido el informe señalado en el apartado anterior, se cursará, si procede,
visita de evaluación con carácter previo y con posterioridad, se emitirá por técnicos
del Servicio de Patrimonio Cultural y Archivos Históricos el preceptivo documento de
viabilidad arqueológica con indicación de los criterios técnicos y metodológicos que
deberán adoptarse por el promotor para el correcto desarrollo de la actividad propuesta.