Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061197)
Resolución de 26 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental relativa al proyecto de reforma y ampliación de vivienda para alojamiento rural, en el término municipal de Valdelacasa de Tajo (Cáceres). Expte.: IA22/0339.
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Jueves 4 de abril de 2024

“En el caso de proyectos a ejecutar en suelo no urbanizable, la declaración de impacto
ambiental producirá en sus propios términos los efectos de la calificación urbanística
cuando esta resulte preceptiva, de conformidad con lo previsto en la normativa urbanística, acreditando la idoneidad urbanística de los bienes inmuebles sobre los que
pretende implantarse la instalación o actividad. A estos efectos, la Dirección General
con competencias en materia de medioambiente recabará de la Dirección General con
competencias en materia de urbanismo y ordenación del territorio o, en su caso del
municipio en cuyo territorio pretenda ubicarse la instalación o actividad, un informe
urbanístico referido a la no prohibición de usos y a los condicionantes urbanísticos que
la instalación deba cumplir en la concreta ubicación de que se trate. El informe deberá
emitirse en el plazo de quince días, entendiéndose favorable de no ser emitido en dicho
plazo. El contenido de dicho informe se incorporará al condicionado de la declaración de
impacto ambiental”.
Para dar cumplimiento a esta exigencia procedimental, con fecha 25 de mayo de 2023, el
Servicio de Urbanismo de la entonces Dirección General de Urbanismo y Ordenación del
Territorio, emite informe urbanístico a los efectos previstos en el artículo 71.3 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el cual se pronuncia en los siguientes términos:
“Habiéndose solicitado por la Dirección General de Sostenibilidad el informe urbanístico
previsto por el artículo 71.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura respecto del proyecto correspondiente a
la reforma y ampliación de vivienda para alojamiento rural, en el término municipal de
Valdelacasa de Tajo, a fin de su incorporación a la preceptiva declaración de impacto
ambiental con los efectos previstos por el precepto citado, esta Dirección General de
Urbanismo y Ordenación del Territorio a la vista del informe previo emitido por el personal adscrito a la misma,
INFORMA
Primero. En el término municipal de Valdelacasa de Tajo se encuentra actualmente vigente un Plan General Municipal aprobado definitivamente el 4 de junio de 2015 y publicado
en el DOE n.º 175 de 10 de septiembre de 2015. El suelo sobre el que radica el proyecto
tiene la clasificación urbanística de suelo no urbanizable de protección natural entorno de
las Villuercas. De acuerdo con esta clasificación, la actuación se ajusta al régimen de usos
previsto por los artículos 3.1.1.24 y 3.2.2.6, al contemplar expresamente como usos permitidos los equipamientos colectivos e instalaciones de carácter terciario en edificaciones
existentes.