Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061197)
Resolución de 26 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental relativa al proyecto de reforma y ampliación de vivienda para alojamiento rural, en el término municipal de Valdelacasa de Tajo (Cáceres). Expte.: IA22/0339.
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NÚMERO 65
Jueves 4 de abril de 2024



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— En el supuesto de que vaya procederse con la realización de un vertido (por ejemplo,
el vertido resultante del empleo de fosa séptica (o similar) dotada de un sistema
de filtrado/depuración como puede ser filtros biológicos (o cualquier otro sistema),
cuyas aguas tratadas son evacuadas al medio exterior) es necesario contar con la
autorización de vertido por parte del organismo de cuenca previo al mismo. Queda
prohibido con carácter general el vertido directo o indirecto de aguas y productos
residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico, salvo que se cuente con la previa autorización.

En cuanto a las aguas pluviales, deberá realizarse una adecuada gestión de las mismas,
para evitar que las aguas de escorrentía pluvial incorporen contaminación adicional
susceptible de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico, sin comprometer la consecución de los objetivos medioambientales y el cumplimiento de las normas de calidad ambiental establecidas en el medio
receptor conforme a la legislación de aguas.
3. Al objeto de reducir la situación especialmente desfavorable frente a un incendio forestal, se deberá llevar a cabo la reducción o eliminación de la vegetación inflamable en el
entorno de las instalaciones, equipamientos y edificaciones, con una distancia mínima
de la vegetación a las edificaciones de 3 m (en suelo y vuelo), siendo muy importante
el mantenimiento anual de dichas medidas de prevención, y disponer de rutas de evacuación alternativas al acceso principal u opciones de confinamiento seguro. Además, se
recomienda que, la vegetación que se introduzca en la parcela no sea de alta inflamabilidad, como la del género Cupressus y Pinus. Las zonas de aparcamiento deben de estar
en suelo mineral, con un perímetro de 3 metros a cualquier vegetación. No obstaculizar
los caminos y entradas. El mobiliario exterior, se debe evitar que sea de materiales inflamables.
4. A
 decuada integración paisajística de cualquier edificación, construcción y/o instalación
proyectada (colores naturales, evitar materiales reflectantes como galvanizados en depósitos, cubiertas, etc.), justificando su adecuación a las características naturales y culturales del paisaje, respetándose respetarse el campo visual y la armonía del conjunto.
5. La iluminación exterior se dirigirá hacia abajo y se procurará utilizar bombillas de bajo
consumo, con objeto de minimizar la posible contaminación lumínica derivada y las molestias a la fauna silvestre del entorno, y respetar el entorno de naturalidad de la zona.
Evitar la contaminación lumínica nocturna por farolas o focos. Usar preferentemente
iluminación en puntos bajos apantallados o cualquier otra fórmula que garantice la discreción paisajística nocturna.