Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024061171)
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación de la sentencia n.º 69/2024, de 5 de marzo, del Juzgado de lo Social n.º 5 de Badajoz, por la que anula el artículo 7, punto 2.1.III del Convenio Colectivo de la empresa "Cristian Lay, SA".
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NÚMERO 65

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Jueves 4 de abril de 2024

Digital de la Junta de Extremadura en base a lo establecido en el artículo 2.3.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos
de trabajo y planes de igualdad, en relación con el artículo 6 del Decreto 187/2018, de 13 de
noviembre, que crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. El artículo 166.3 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, dispone que cuando la sentencia sea anulatoria, en todo o en parte, del convenio
colectivo impugnado y éste hubiera sido publicado, también se publicará en el Boletín Oficial
en que aquél se hubiera insertado.
En virtud de lo expuesto, habiéndose publicado el Convenio Colectivo de la empresa Cristian
Lay, SA, en el Diario Oficial de Extremadura de 4 de mayo de 2022, esta Dirección General
de Trabajo,
ACUERDA:
Primero. Ordenar la inscripción de la sentencia n.º 69/2024, de 5 de marzo, del Juzgado de
lo Social n.º 5 de Badajoz, en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Disponer asimismo la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de esa misma
sentencia n.º 69/2024, de 5 de marzo.
Mérida, 22 de marzo de 2024.
La Directora General de Trabajo,
PILAR BUENO ESPADA