Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Instrucción De Contabilidad. (2024061107)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Intervención General, por la que se modifica la Instrucción de Contabilidad para la Junta de Extremadura, aprobada mediante Orden de 17 de diciembre de 2020.
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Lunes 1 de abril de 2024

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CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2024, de la Intervención General, por la
que se modifica la Instrucción de Contabilidad para la Junta de Extremadura,
aprobada mediante Orden de 17 de diciembre de 2020. (2024061107)
La Instrucción de contabilidad para la Junta de Extremadura fue aprobada mediante Orden de
17 de diciembre de 2020 como soporte normativo de las operaciones y tramitación contable
gestionadas a través del nuevo Sistema Integrado de Gestión Económico-financiera denominado Alcántara, implantado mediante Decreto 201/2019, de 27 de diciembre.
Mediante Resolución de 27 de julio de 2021, de la Intervención General, se modificó la regla
68 de la Instrucción de Contabilidad y se incorporó el anexo VIII con los distintos modelos de
certificado de existencia de crédito para la tramitación anticipada de los gastos.
La implantación del Sistema Alcántara supuso un extraordinario avance desde el punto de
vista cuantitativo y cualitativo en los procesos administrativos ligados a la gestión económica
y financiera, fusionando, simplificando y mejorando los circuitos y flujos de los distintos trámites. Así, la Administración Regional continuaba dando impulso al mandato de buena administración contenido en el artículo 39 de nuestro Estatuto de Autonomía. Mandato que, si bien
no está recogido expresamente en nuestra Constitución está presente en su articulado como
elemento inspirador de su contenido. Este principio de actuación administrativa está integrado
de forma notoria en nuestro ordenamiento jurídico, como puede comprobarse a través del
articulado de las Leyes 39 y 40, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo
Común y de Régimen Jurídico del Sector Público, respectivamente; sin que perdamos de
vista, además, la relevante posición que otorga a la buena administración la Unión Europea,
configurándola como un derecho en el artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales
de la Unión Europa.
Nuestro ordenamiento jurídico también ha ido marcando la senda de la simplificación de nuestros procedimientos. Debemos destacar por su gran relevancia la Ley 4/2022, de 27 de julio,
de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, que tiene entre uno de sus
objetivos, tal y como señala en su artículo 1.d) La simplificación administrativa mediante la
previsión de diversas medidas orientadas a flexibilizar la tramitación de los procedimientos,
agilizarlos y reducir su duración temporal.
La Intervención General encamina sus esfuerzos constantes a coadyuvar, de forma efectiva,
a la simplificación administrativa en su respectivo ámbito de competencia, cumpliendo así el
mandato del artículo 35 de la citada Ley 4/2022, de 27 de julio, que impone a todos los órganos, organismos y entidades de la Administración autonómica el deber general de promover