Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061056)
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Universidad Autónoma de Madrid y Junta de Extremadura para la realización de prácticas externas.
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NÚMERO 60
Martes 26 de marzo de 2024

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que regula las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, así como
los establecidos en las Directrices de Prácticas Externas de la UAM.
I. Código ético.
Las prácticas se atendrán al código ético de la UAM aprobado por Consejo de Gobierno 16
de julio de 2020 (BOUAM n.º 7, de 4 de septiembre de 2020).
Tercera. Obligaciones de la UAM.
1. E
 laborar un Anexo a este convenio para cada estudiante en prácticas donde se consigne
la siguiente información: datos personales, titulación, tipo de práctica (curricular o extracurricular), fecha de incorporación y finalización de la práctica, entidad donde se realizará
la práctica, el calendario y el horario, así como el nombre las personas responsables de la
tutela académica y profesional. Además, el Anexo deberá incorporar el proyecto formativo
en el que se harán constar los objetivos educativos y las competencias que se deben adquirir, así como las actividades formativas que se desarrollarán.
2. S
 upervisar las prácticas externas, estableciendo los mecanismos adecuados para su seguimiento y evaluación, designando una persona que ejercerá la tutela académica que velará
por el normal desarrollo del proyecto formativo, colaborará con la tutora o tutor de la entidad colaboradora en todos aquellos aspectos que afecten al mismo, así como aquellas
funciones que reglamentariamente se establezcan.
Cuarta. Obligaciones de la Junta de Extremadura como entidad colaboradora.
1. E
 n tanto que colabora en un programa de formación universitaria, facilitar que el estudiantado pueda realizar sus exámenes y el resto de actividad académica, formativa y de
representación y participación, que sea comunicada con suficiente antelación.
2. N
 ombrar a una tutora o tutor que se responsabilizará de la formación de cada estudiante
y de la valoración de su estancia, facilitando a la tutela del centro Universidad donde esté
matriculado cada estudiante el informe de aprovechamiento de las prácticas a su finalización, en el que con carácter general constará el tiempo de prácticas realizado, las horas
totales, su contenido, el grado de aprovechamiento y participación, su rendimiento y las
competencias adquiridas. Asimismo, deberá informar de las modificaciones y de cualquier
incidencia que pueda producirse durante las prácticas.
3. M
 anifestar que posee los medios materiales y servicios disponibles que permiten garantizar
el desarrollo de las actividades formativas planificadas, observando los criterios de accesibilidad universal y diseño para todos, según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo