Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061056)
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Universidad Autónoma de Madrid y Junta de Extremadura para la realización de prácticas externas.
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NÚMERO 60
Martes 26 de marzo de 2024

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La entidad colaboradora podrá ofrecer plazas de prácticas con la periodicidad o cuantía que
desee, e indicar la oferta específica para cada plaza.
B. M
 odalidades de prácticas académicas externas.
Las prácticas académicas externas podrán ser curriculares o extracurriculares.
a) Las prácticas curriculares se configuran como actividades académicas integrantes del
Plan de Estudios de que se trate.
b) Las prácticas extracurriculares son aquellas que el estudiantado podrá realizar con carácter voluntario durante el periodo de formación y que, aun teniendo los mismos fines
que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de Estudios.
No obstante, y cuando corresponda, serán contempladas en el Suplemento Europeo al
Título conforme determine la normativa vigente.
C. Duración de las prácticas.
a) Las prácticas externas curriculares tendrán la duración que establezca el Plan de Estudios correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto
592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de
los estudiantes universitarios.
En el caso de las prácticas de titulaciones propias de la Universidad, la duración de las
mismas vendrá determinada en la propuesta de la actividad formativa aprobada por los
correspondientes órganos de gobierno de la universidad.
b) Las prácticas externas extracurriculares tendrán una duración no superior al 50% de
los créditos del curso académico. La duración de cada práctica se establecerá en cada
oferta y no podrá ser inferior a 90 horas (salvo que suponga la continuación de una
práctica curricular), ni superior a 750 horas.
D. Desarrollo de las prácticas.
1. L
 os horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con las características de las mismas y las disponibilidades de la entidad colaboradora. Los horarios
serán compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación que se desarrolle en la Universidad.
2. C
 ada estudiante deberá cumplir las normas de régimen interno de la Junta de Extremadura (Abogacía General) y seguir las indicaciones de la tutora o tutor designados por la
entidad. Deberán aplicarse con diligencia a las tareas que se les encomienden, de las